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POLICIALES

Otro condenado deberá pagar el tratamiento de la víctima

Violador condenado a doce años de prisión por cuatro hechos de abuso sexual

El juez de la Sala I del Tribunal de Juicio de Tartagal, Ricardo Hugo Martoccia, actuante durante la feria judicial, condenó a un hombre de 40 años a la pena de doce años de prisión de ejecución efectiva por ser autor responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal (cuatro hechos) agravados por la guarda y la situación de convivencia preexistente con menores de dieciocho años en contexto de genero y concurso real.

Imagen Ilustrativa
Imagen Ilustrativa

Se ordenó además la extracción de muestras genéticas para su correspondiente inscripción en los registros nacionales y provinciales de condenados por delitos contra la integridad sexual.

Finalizada la audiencia, el hombre fue trasladado a la cárcel local.

Tratamiento psicológico a la víctima

En otro caso, el juez Ricardo Hugo Martoccia, vocal de la Sala I del Tribunal de Juicio de Tartagal condenó durante la feria judicial a R. O. P. (39) a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional por resultar autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual simple agravado por la minoría de edad de la víctima y por la convivencia, y por el delito de coacción, en concurso real.

El condenado deberá cumplir durante tres años las siguientes reglas de conducta: fijar residencia y someterse al cuidado de un Patronato; abstenerse de concurrir al domicilio de la víctima y a los lugares que ella frecuente en un radio de 200 metros; prohibición de ejercer cualquier acto de violencia física o psíquica contra la víctima y su grupo familiar en forma personal o por cualquier medio tecnológico; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; realizar tratamiento psicológico y presentar las constancias que lo acrediten; proveer los medios económicos para que la menor víctima pueda realizar tratamiento psicológico permanente hasta su alta definitiva. En este punto, el juez ordenó al imputado depositar en una cuenta bancaria los fondos necesarios y proporcionales de acuerdo a la tabla de aranceles del Colegio de Psicólogos para la “psicoterapia individual”. La suma deberá ser depositada en forma mensual: La guardadora provisoria de la menor quedará autorizada para el cobro de los fondos depositados y deberá presentar las constancias que den cuenta de la asistencia de la víctima a las sesiones psicológicas.



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