La Comisión propuso modificar algunos artículos de acuerdo a las reuniones sostenidas con Intendentes y Concejales.
“La ley orgánica municipal respeta las autonomías de cada municipio. La ley orgánica debe respetar los límites establecidos por la Constitución Provincial. Sin afectar el espíritu del proyecto que viene de Diputados hemos considerado pertinente realizar algunas modificaciones. Entre ellos el artículo 34 en su primer párrafo que los municipios deben garantizar los recursos necesarios que no podrán ser inferior al 3 %, ha fijado este Senado, para el funcionamiento de los Concejos Deliberantes. Desde este Senado, como es su costumbre hemos recibido a todos los sectores, al Foro de Intendentes y a los Concejales de distintos municipios”. expresó la Senadora Abilés.
“Legislar en esta linea hace evidente el compromiso de ambas cámara de procurar el progreso y el desarrollo de todos los municipios de nuestra provincia, garantizando los principios y derechos que son reconocidos por nuestra Constitución Provincial y Nacional, y lograr un mayor crecimiento y mejor calidad de vida de todos los habitantes que residen en estos municipios”, agregó.