De acuerdo a la ORDENANZA N° 2.189 / 2020 que aprueba la Resolución N° 717/ 2020, enviada por el Ejecutivo Municipal, por la que "Se declara por el término de seis (6) meses un Estado de Emergencia Ambiental en el Municipio de San Ramón de la Nueva Orán, para asegurar el derecho a la salud, a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano, amenazado por la Pandemia del Covid-19 y la creciente presencia del mosquito Aedes...", y como reza en su Artículo 4 se comunica a todos los propietarios de lotes baldíos, que en el plazo de 5 días (cinco) sus propiedades deberán estar libre de maleza, sin ningún tipo de residuos y sus veredas en condiciones para el uso peatonal.
Además, a través de su Artículo 5 el municipio se faculta para labrar Acta de Infracción, la cual constituye sanción con MULTA DIRECTA. Como así también procederá a realizar la limpieza del mismo en base a costas del propietario.
La multa de infracción en referencia a la ordenanza 1775/ 11 200 UBM a valor de litros de nafta a la fecha. Asimismo, en el Artículo 6 se establecen los valores de costos.
La intensa labor que realiza el Municipio es a los fines de brindar una solución a la problemática ambiental que amenaza con la salud de todos los oranenses. Se insta a la responsabilidad de todos los vecinos, habida cuenta de la difusión en medios de comunicación.