El pasado 1 de octubre el máximo tribunal de Justicia de la Nación dictó una medida cautelar ordenado que los efectos fiscales de la aplicación de los decretos N° 561/19 y N° 567/19 sean asumidos con recursos propios del Estado Nacional, sin afectar la coparticipación provincial.
El Gobierno nacional posteriormente invocó “complejidades técnicas” para dar cumplimiento al fallo, siendo desestimado hoy este pedido de aclaratoria.
La fiscal de Estado de Salta, Pamela Calletti, informó que la Corte Suprema de Justicia dispuso hoy rechazar un pedido de audiencia del Gobierno nacional manifestando dificultades para liquidar recursos correspondientes a las provincias, por lo que deberá acatar el fallo inicial tal cual fue comunicado.
Para desestimar el pedido de aclaratoria, el Tribunal remarcó en primer término que la presentación del Estado Nacional no explica la “complejidad técnica” y las supuestas “dificultades” para cumplir con las medidas dictadas. Añadió que el Poder Ejecutivo debió haber cuantificado los costos de las reducciones que dispuso y tenido en cuenta sus efectos al momento de establecerlas por decreto.
El fallo del 1 de octubre fue favorable para las provincias de Salta, Catamarca, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, La Rioja, Misiones, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y Tucumán.