Según establece la ley 27.399 ―que reglamenta el establecimiento de feriados y fines de semana largos―, solo pueden ser movidos los feriados nacionales trasladables “cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles”, en cuyo caso se desplazan al día anterior.
En tanto, los que caen en los días jueves y viernes “serán trasladados al día lunes siguiente”. Sin embargo, no detalla qué ocurre en el caso de que un asueto caiga en un día del fin de semana. Por lo tanto, estos no se mueven si cae un sábado o domingo.
Tampoco es posible que el Gobierno defina un feriado puente en la fecha para extender los descansos del sábado y el domingo. Esto es porque según la legislación vigente, el Gobierno solo puede decretar tres de estas jornadas por año, las cuales ya fueron informadas en 2023. Al observar el calendario elaborado por el Ministerio del Interior, surge que estas fechas ya fueron decretadas, y no incluyen la tercera semana de agosto.
El próximo feriado a nivel nacional recién se dará en octubre con la celebración del Día del Respeto a la Diversidad Cultural, que se celebra el 12 de octubre. Este feriado toma la fecha del día de 1492 en que se produjo el primer contacto registrado entre europeos y americanos, cuando la expedición liderada por Cristóbal Colón desembarcó en Guanahani, una isla de las Bahamas, y se encontró con sus pobladores de etnia taína.