“El sólo planteo de la necesidad de mejorar el sistema ya es bueno de por sí”, concluyó la Defensora General de la provincia, María Inés Diez, tras participar –en Tucumán- de las XVII Jornadas Nacionales del Foro Federal de Consejos de la Magistratura y Jurados de Enjuiciamiento de la República Argentina.
Y es que la concurrencia de magistrados y otros profesionales de todo el país permitió un franco y abierto intercambio de experiencias y opiniones sobre los mecanismos de selección de todos los Consejos de la Magistratura argentinos.
Puntualmente, se planteó la necesidad de incorporar el examen psicológico al proceso, cuestión que en Salta ya se encuentra contemplada en el Reglamento Interno del Consejo de la Magistratura que, en el Título III “Concursos Públicos”, Capítulo II “Vacantes definitivas”, Artículo 33, postula que: “Los concursantes deberán mantener una entrevista previa a la admisibilidad de postulantes, para la realización de un estudio psicológico que resultará vinculante para el Consejo”.
Según se explicita en la norma, “dicha entrevista será efectuada por el profesional que el Consejo indique, quien emitirá el informe en sobre cerrado y lo remitirá a presidencia”. Luego, “el presidente lo hará conocer al Consejo en una deliberación”.
Tanta es la importancia de ese documento que, el articulado contempla que “la inasistencia injustificada del postulante a la entrevista implica desistimiento al concurso” y, de hecho, una vez emitido el diagnóstico del psicólogo, el informe debe permanecer bajo la custodia del presidente del Consejo de la Magistratura local en carácter de “absolutamente reservado”.
Otra de las cuestiones que llamó la atención de algunas provincias al respecto del funcionamiento del órgano salteño es el “Enunciado temático” contemplado en el Artículo 32 del Reglamento Interno y considerado “la regla común, inmutable y vigente para las evaluaciones escritas y la entrevista personal”.
Y es que, actualmente, hay uno por cada cargo a cubrir, el cual es actualizado permanentemente por la Comisión de Evaluación.
Además, en el caso de Salta, los enunciados temáticos deben distinguirse en varias unidades, cada una con sus subtemas, separadas como mínimo en Derecho Constitucional y Tratados de DDHH, Derecho Sustitutivo, Derecho Procesal, Fallos de la CJSN y CJS al respecto y Gestión Judicial.