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NACIONAL

Lo dispuso Nación hasta el 25 de octubre

Son cinco los departamentos de Salta que siguen en fase de Aislamiento Obligatorio

El Gobierno oficializó la prorroga del Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio y el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio hasta el 25 de octubre. En Salta seguirán en ASPO la Capital, Gral. Güemes, La Caldera, Cerrillos y Rosario de Lerma.

Capital, Cerrillos,Rosario de Lerma, La Caldera y Güemes en ASPO
Capital, Cerrillos,Rosario de Lerma, La Caldera y Güemes en ASPO

Según lo dispuesto a través del Decreto 792/2020 que se publica hoy el Boletín Oficial, el ASPO se aplicará con la misma modalidad que hasta ahora en los siguientes lugaresDe Salta: Cerrillos, Rosario de Lerma, General Güemes, La Caldera y Capital.

En las provincias con DISPO, los gobiernos locales continúan manteniendo la facultad para, en caso de detectar situaciones de riesgo de propagación del virus, disponer el aislamiento preventivo respecto de personas que ingresen a las provincias provenientes de otras jurisdicciones por un plazo máximo de 14 días.

Del mismo modo, en el caso de los departamentos y partidos de hasta 500 mil habitantes las autoridades provinciales “podrán disponer nuevas excepciones al cumplimiento del ‘aislamiento social, preventivo y obligatorio’ y a la prohibición de circular con el fin de autorizar actividades industriales, de servicios, comerciales, sociales, deportivas o recreativas”.

Para eso, “deberán contar con la aprobación previa de la autoridad sanitaria provincial e implementar un protocolo de funcionamiento de la actividad respectiva, que contemple, como mínimo, el cumplimiento de todas las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional”.

Tanto en las zonas bajo el ASPO como en aquellas bajó el régimen DISPO deberán mantener el distanciamiento entre las personas, el uso de tapabocas, higiene personal y de superficies y la ventilación, de acuerdo a los protocolos sanitarios vigentes.

Finalmente, en ambos regímenes siguen prohibidos los eventos culturales, recreativos o religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a 10 personas; los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, salvo el grupo conviviente.

También siguen sin poder realizarse los deportes en los que participen más de diez personas o que no permitan mantener el distanciamiento mínimo de dos metros entre los y las participantes; los cines, teatros, clubes y centros culturales; el servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos expresamente autorizados.

Será también el jefe de Gabinete quién autorice las excepciones de acuerdo a la situación epidemiológica respectiva.



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