En la audiencia de control de acusación penal, el juez de revisión Alejandro Augusto Castellanos, de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, dio por formalizada la acusación contra Oscar Ramón Luna por el delito de “homicidio agravado por el vínculo y género, en grado de tentativa”.
El magistrado dirigió el debate entre la fiscalía, la defensa y la querella respecto a las pruebas que serán presentadas en el juicio, tras lo cual cerró la etapa de investigación preparatoria e intermedia, y dispuso que el caso avance al tribunal oral federal.
El fiscal Toranzos, al presentar la acusación, relató que el caso inició a instancia de un hecho ocurrido el 17 de enero de 2020, cuando se desarrollaba una visita privada en las instalaciones del Complejo Penitenciario Federal NOA III, ubicado en la localidad de General Güemes, en Salta.
El encuentro fue entre Luna y su pareja, con quien tiene una hija menor de edad. El fiscal informó que el recluso, alojado a disposición del Tribunal Oral Federal N° 1, tiene en su contra un proceso penal por delito de transporte de estupefacientes.
Explicó que, en primera instancia, la pareja compartió un tiempo familiar en la planta baja, donde las personas privadas de la libertad sociabilizan con sus visitas. Posteriormente, subieron a la primera planta del penal, donde se encuentran las habitaciones para la visita privada.
Allí, y según lo relatado por la víctima, Luna le aplicó un corte a la altura del cuello. La mujer se trabó en lucha con el recluso, a la vez que gritaba por auxilio. Los gritos alertaron al agente Eduardo Acosta, quien intervino de inmediato en el incidente.
Con ayuda de otros guardias, Luna fue reducido a la vez que su pareja fue auxiliada y trasladada de inmediato al hospital local, donde se estableció que presentaba una profunda herida en el cuello, por la que debieron hacerle 7 puntos.
Planificación
Al explayarse sobre todas las características del hecho, el fiscal Toranzos sostuvo que Luna actuó en el marco de un plan que ideó, y que tenía como fin darle muerte a su pareja, ya que se sentía traicionado por ella.
De la investigación, tarea en la cual intervino la operadora Evangelina Navarro bajo la supervisión del auxiliar fiscal Facundo Mirabella, el fiscal explicó que se pudo recolectar suficiente evidencia al respecto, que motivó a avanzar con la acusación penal.
En tal sentido, mencionó que Luna no sólo planificó cómo esconder el cuchillo con el que atacó a su pareja, sino también dejó tres cartas dirigidas a la justicia, a su suegra y a su propia hija, en las cuales expuso los motivos y pidió por el cuidado de la niña.
Incluso, señaló que su intención no era solo matar a su pareja, sino también quitarse la vida. Agregó que “en su planificación, Luna se encargó de mandarle dinero a su pareja para que lo visitara en la cárcel y asegurarse la presencia de su víctima”.
El fiscal indicó que en una visita anterior Luna mantuvo una discusión con su víctima, al parecer, porque se sentía traicionado. En su plan homicida, el recluso contó a su favor con un hecho que el fiscal resaltó y que tiene que ver con las medidas de seguridad aplicada en las visitas privadas.
“La puerta de la habitación sólo tiene manija externa, con lo cual la víctima no tenía la posibilidad de escapar; no obstante, tuvo la fortuna de ser rescatada por el guardia que actuó de inmediato al escuchar sus gritos”, expresó el fiscal, quien resaltó la “imposibilidad de escapar” que tienen las mujeres una vez que ingresan a ese tipo de visita.
Por otra parte, Toranzos se refirió a la personalidad de Luna, quien estaba bajo tratamiento psiquiátrico con medicación suministrada, pues se le había diagnosticado una patología de “celopatía”, lo cual fue el detonante de la conducta homicida desplegada.
Resaltó el contexto de género de la acción criminal cometida por Luna, quien se aprovechó de su mayor fuerza sobre su víctima, pues el recluso era “hachero”, por lo cual contaba con una ventaja importante sobre su pareja.
De esta manera, Toranzos acusó formalmente a Luna por el delito de homicidio agravado por el vínculo y violencia de género, en grado de tentativa, solicitando la posible pena de 11 años de prisión efectiva e inhabilitación absoluta, lo cual fue acompañado por la querella, a cargo de la abogada Tania Kiriaco.
A su vez, la defensa, a cargo del abogado Félix Arancibia, no planteó objeciones a la acusación. Enseguida, el juez dio paso a la presentación de pruebas de las partes, instancia que también se transitó sin cuestionamientos, lo cual llevó al juez a cerrar la etapa de investigación y disponer que el caso avance a juicio.
Por incumplimiento
En una audiencia siguiente, también dirigida por el juez de revisión Castellanos, el fiscal Toranzos acusó formalmente a un guardiacarcel por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, ya que tuvo una conducta dolosa al no tomar los recaudos en el traslado de Luna al encuentro con su pareja, a quien intentó matar.
Al fundamentar la acusación, sostuvo que el funcionario debió cumplir con todas las previsiones de seguridad, puesto que era sabido que Luna se hallaba bajo tratamiento psiquiátrico y ello exigía tomar todos los recaudos del caso, con una requisa profunda.
Para la fiscalía, estos pasos no se dieron y por ello corresponde avanzar con la acusación penal contra el guardia por el delito de incumplimiento, con una expectativa de pena de 1 año de prisión condicional, más la inhabilitación contemplada por la ley para estos casos. Al igual que el caso de Luna, la defensa y la fiscalía presentaron las pruebas para el juicio, sin cuestionamientos que ameriten una resolución de fondo por parte del juez.