El juez unificó la condena con otra anterior impuesta por la Sala VI del Tribunal de Juicio en la pena única de tres años y cinco meses de prisión, revocando la condicionalidad de la primera condena.
El imputado, que tenía prohibición de acercamiento a su ex pareja, fue condenado por amenazar de muerte a la damnificada en la puerta de la escuela donde concurren sus hijos, delante de testigos.