El imputado permanecerá detenido en la Unidad Carcelaria 1.
Calle fue denunciado por una expareja suya. La joven declaró que, tras una relación de noviazgo de dos meses con el acusado, decidió separarse de él.
Refirió que, luego de la ruptura, Calle comenzó a amenazarla diciéndole que la iba a matar a ella y a su hijo menor, y que después él se ahorcaría.
La damnificada relató que una noche la interceptó en inmediaciones de la Escuela San Martín, la mordió en el brazo y la llevó a un inquilinato ubicado en barrio El Carmen, donde la obligó a mantener relaciones sexuales y la mantuvo encerrada por varias horas. Ella le pidió que la dejara ir al baño y aprovechó para escaparse. El imputado la alcanzó a la salida de barrio El Carmen, la golpeó y le advirtió una vez más que, si llegaba a denunciarlo, terminaría con su vida y con la de su hijo.
La damnificada corrió hasta un domicilio cercano donde solicitó ayuda. Allí la auxiliaron y llamaron a la policía.
Nueve meses después, a pesar de la prohibición de acercamiento a la denunciante que se le había impuesto como medida sustitutiva, Calle se presentó en el domicilio laboral de su expareja portando un arma de fuego.
En el mismo fallo, la jueza Paola Marocco absolvió a Calle del delito de coacción y privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de amenazas, por aplicación del principio de la duda.
Se ordenó la realización de un examen de ADN al imputado para su posterior incorporación al Banco de Datos Genéticos.