Seguidamente le exigieron a Quinteros las llaves de su vehículo y dos de los sujetos se lo llevaron. El joven y su novia quedaron dentro del auto de los captores. Les colocaron vendas en los ojos y los llevaron hasta una vivienda. Allí les descubrieron los ojos y les informaron que ya se habían comunicado con Roberto y le habían pedido el dinero del rescate. Poco después, los cuatro sujetos se marcharon llevándose con ellos a Julieta, para que ella se hiciera cargo de recibir el rescate. Quinteros quedó cautivo en la vivienda, vigilado por dos mujeres.
Mientras tanto, la madre y el hermano del damnificado ya se habían comunicado con la policía para informar acerca de la situación. Roberto señaló que él había tenido problemas con “Chucky” Medina, quien era marido de la “Rubia” Tejada. Indicó a los oficiales que le habían exigido el pago de 2 millones de pesos a cambio de liberar a su hermano y que le habían ordenado llevar el rescate a un punto sobre avenida San Martín, cerca del Mercado Artesanal. Además, le aclararon que debía ir solo y caminando.
Efectivos del GOPAR se hicieron presentes en el lugar y lograron demorar a los cuatro sujetos que esperaban a bordo del automóvil donde permanecía retenida Julieta.
Entre tanto, las captoras que seguían junto a Quinteros en una casa de barrio San Silvestre, recibieron un audio que las puso nerviosas: “Está todo mal, nos rodeó la policía”. Ante la alerta, trasladaron a Quinteros a otra vivienda aledaña, pero finalmente decidieron liberarlo. Le entregaron la llave de su auto y su celular, le avisaron que habían dejado su coche abandonado en la ruta de San Luis, pararon un remís y lo dejaron marcharse.
Todos los autores del hecho fueron condenados en un juicio abreviado llevado a cabo en la Sala I, presidido por el juez Federico Armiñana Dohorman.
Silvana Beatriz Tejada, alias “Rubia”, recibió la pena de cinco años y seis meses de prisión de ejecución efectiva por resultar autora del delito de privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de violencia y por el uso de arma de fuego, y coacción agravada por el uso de arma de fuego, todo en concurso real. El juez ordenó que permanezca alojada en la cárcel penitenciaria local.
La imputada fue declarada reincidente por tercera vez y se unificó la pena con una condena anterior en el monto de diez años de prisión efectiva.
Rodrigo Sebastián Medina, alias “Chucky”, fue condenado por el mismo delito a la pena de ocho años y seis meses de prisión efectiva. El acusado también fue declarado reincidente, en su caso por segunda vez, y se le unificaron las penas en el monto de trece años de prisión efectiva. Permanecerá privado de su libertad en la Unidad Carcelaria 1.
Hugo Eudoro Cajal también fue condenado a ocho años y seis meses de prisión efectiva, por idéntico delito. Se lo declaró reincidente por sexta vez y se le unificaron penas. Seguirá alojado en la unidad carcelaria local.
Por el mismo delito, a Fabián Néstor Andrada se le dictó la pena de cinco años y seis meses de prisión efectiva. El juez ordenó su permanencia en la Unidad Carcelaria 1.
En tanto que Dara Nicole Zalas y Bruno Ariel Villafuerte fueron condenados como partícipes secundarios del delito de privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de violencia y por el uso de arma de fuego a la pena de dos años y seis meses de prisión condicional. En su caso, ambos deberán cumplir reglas de conducta para mantener la prisión en suspenso. Entre ellas, mantenerse alejados de los denunciantes en un radio de 300 metros; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; someterse al control del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados.