La Procuración General de la Provincia de Salta dispuso solicitar toda aquella información que se encuentre almacenada en distintas bases de datos provinciales y nacionales respecto de los incendios forestales sucedidos en el distrito judicial Orán a fin de aportar datos a las investigaciones iniciadas el pasado mes de agosto.
En este sentido, resulta de vital importancia contar con la información que hayan recabado la Subsecretaría de Defensa Civil; la Unidad Regional N°8 de la Policía de Salta; la Administración de Parques Nacionales y el Sistema de Alerta Temprana de Deforestación de la Nación; para poder contrastarla con los datos obtenidos por las Fiscales intervinientes y así determinar las causas de los incendios, precisando si se trató de focos aislados, de prácticas irregulares o de actividades deliberadas en contra del ambiente.
Además, desde la Procuración General se requirió informe a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia a fin de que remita una nómina de los sumarios iniciados en el Departamento Judicial de Orán desde el mes de julio hasta la fecha y que versen sobre acciones de cambio de uso de suelo; de tala ilegal y/o de quema programada.
Las investigaciones fiscales avanzan en forma convergente, para precisar la mecánica de los focos ígneos verificados en la Ciudad de Orán, así como aquellos que fueron detectados en la ruta 50; en las cercanías de la localidad de Isla de Cañas y en la ruta 18.-
A su vez, el Área de Ambiente del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) se encuentra procesando los datos recabados en la zona del desastre durante las inspecciones realizadas los días 9 y 10 de noviembre. Se espera conocer las primeras conclusiones en los próximos días, lo que fortalecerá el avance de las investigaciones de las Sras. Fiscales de Orán.
Cabe destacar que el Ministerio Público Fiscal tomará todas las medidas necesarias para impedir que, ya sean autores malintencionados, ya sean aprovechadores de ocasión, pretendan explotar esas tierras y que se activarán los resortes legales para que las tierras arrasadas no puedan ser aprovechadas o utilizadas con fines productivos por el máximo legal, que en algunos casos puede llegar a los sesenta años.