En el mismo fallo, Rangeón fue absuelto por unanimidad, por aplicación del principio de la duda, de los delitos de abuso sexual con acceso carnal continuado en perjuicio de S. Y. G.; abuso sexual con acceso carnal y estafa en perjuicio de J. P. R. P.; abuso sexual simple en perjuicio de M. L. B.; abuso sexual simple continuado en perjuicio de M. P. G. E.; y abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de C. V. A.
El tribunal dispuso que se le realice examen médico y extracción de material genético al imputado para su inscripción en el banco de datos correspondiente.
Los jueces hicieron lugar a la demanda civil presentada por la denunciante C. F. R. y condenaron a Pablo Rangeón a abonarle la suma de 1.5 millones de pesos en concepto de daño moral y psicológico, más los intereses correspondientes.
Atento a la absolución por el beneficio de la duda en relación a los otros ilícitos, los jueces rechazaron las demandas civiles interpuestas por las otras denunciantes.
Finalmente, se ordenó remitir copias a la fiscalía penal federal de turno por la posible comisión de un delito de su competencia.
Se dejó además a criterio de la fiscalía interviniente la intervención por la posible comisión del delito de falso testimonio de una de las testigos que compareció en el juicio.
El tribunal colegiado estuvo integrado por los jueces de la Sala V, Gabriela Romero Nayar (presidenta), Mónica Faber (vocal) y Pablo Farah (vocal interino). Por el Ministerio Público intervino el fiscal de la UDIS 4, Pablo Alejandro Rivero. La defensa del imputado estuvo a cargo de Luciano Romano y Fernando Díaz Zabalaga. En la querella y actoría civil se desempeñaron Sandra Domene y Jorge Agüero.
Tras conocerse la sentencia tanto las denunciantes como su abogada, Sandra Domene, criticaron el fallo y anticiparon que apelarán ante un tribunal de casación. En tanto, el abogado defensor, Luciano Romano, dijo que su cliente apelará la sentencia en busca de su absolución.