Los jueces de la Sala VI del Tribunal de Juicio -Guillermo Pereyra (presidente), José Luis Riera (vocal) y Mónica Mikdsi (vocal)- dejaron sin efecto la prisión domiciliaria por monitoreo electrónico que se había dispuesto como medida sustitutiva de la prisión preventiva y ordenaron que Risio Bertola sea alojado en la Unidad Carcelaria 1. Ordenaron además que se le brinde atención psicológica al condenado en el ámbito del penal.
En el mismo fallo, Hernán Mauricio Ávila fue absuelto del delito de robo calificado agravado por el uso de arma de fuego apta para el disparo (cuatro hechos) por aplicación del principio de la duda.
Facundo Nicolás Risio Bertola fue condenado por cuatro robos a locales comerciales (drugstores y heladerías). En todos ellos, el imputado utilizó el mismo procedimiento: ingresaba con el rostro cubierto, portando un arma de fuego tipo pistola y exigía a los empleados que le entregaran el dinero de la caja registradora y celulares. Afuera lo esperaba otra persona a bordo de una motocicleta y de esta manera se daba raudamente a la fuga.
Siete años y seis meses de prisión
Condena para un sujeto por robos agravados por el uso de arma de fuego01/02/2021. Siete años y seis meses de prisión efectiva se le dictaron a Facundo Nicolás Risio Bertola por resultar autor penalmente responsable de los delitos de robo calificado agravado por el uso de arma de fuego apta para el disparo, en concurso ideal con portación ilegítima de arma (cuatro hechos).