La jueza le impuso al condenado las siguientes obligaciones por el lapso de tres años: fijar residencia y someterse al cuidado de la autoridad de control; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; adoptar actividad laboral lícita, adecuada a su capacidad; realizar tratamiento psicológico y presentar constancia de su realización cada dos meses ante el tribunal; prohibición de acercamiento a la denunciante y a los menores damnificados; prohibición de establecer cualquier tipo de contacto, por cualquier medio, con la denunciante y su grupo familiar; abstenerse de ejercer actos de violencia física o verbal contra la damnificada y su grupo familiar. Todo ello mientras dure el término de prueba y con apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena impuesta.
La jueza ordenó también el examen genético del condenado y su posterior incorporación en el Banco de Datos Genéticos previa asignación por el Registro Provincial de Condenados Vinculados a Delitos contra las Personas y contra la Integridad Sexual de conformidad a lo establecido en el artículo 18 de la Ley provincial 7775 y Acordada 12481 de la Corte de Justicia de Salta.
El imputado es tío de los menores. La madre y denunciante relató que sus hijos (un varón y una mujer) quedaban al cuidado de su tío paterno, en el domicilio del imputado, en barrio Palermo. El 5 de agosto de 2014, J. M. S. retiró al niño de la escuela por la tarde, y ese mismo día, por la noche, la denunciante estaba bañando al menor y, al lavarle las partes íntimas, este le manifestó que le dolía. Al preguntarle lo ocurrido, el niño le contó que su tío le había tocado sus partes íntimas. La denunciante llevó luego a la niña (4) al Hospital Materno Infantil porque la notaba extraña y, al ser derivada al psicólogo, la menor contó que su tío J. M. S. los hacía acostar a ella y a su hermanito en la cama y les tocaba las partes íntimas.
Se aprovechó de dos niños
Condena y prohibición de acercamiento para un tío abusador09/04/2018. La Jueza María Victoria Montoya Quiroga, vocal interina de la Sala I del Tribunal de Juicio, condenó a J. M. S. (32) a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional por resultar autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple agravado por la guarda, en concurso real (dos hechos).