El juez Martín Fernando Pérez, vocal de la Sala I del Tribunal de Juicio, condenó en audiencia de juicio abreviado a N.F. a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional por resultar autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple agravado por el vínculo.
La juez le impuso al condenado las siguientes obligaciones por el lapso de dos años: prohibición de acercamiento a una distancia de 200 metros respecto a la damnificada; abstenerse de usar sustancias estupefacientes y de abusar del consumo de bebidas alcohólicas; someterse a tratamiento psicológico por el lapso de dos años. Todo ello mientras dure el término de prueba y bajo expreso apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena impuesta.
El juez dispuso además que se dé intervención a la Asesoría de Incapaces de turno en relación a las dos hermanas menores de la damnificada, a efectos de que tome intervención por ambas con fines preventivos, atento a lo manifestado por la denunciante y conforme a lo solicitado por la Fiscalía Penal interviniente.
El imputado fue denunciado por su hija por un hecho ocurrido el 11 de octubre de 2013, en un paraje cercano a la localidad de Nazareno. La damnificada contó que esa noche regresó de cuidar los animales y se fue a dormir. Posteriormente llegó su padre N.F. desde el paraje El Molino, se acostó a su lado y comenzó a someterla a tocamientos impúdicos. La joven se resistió y huyó del lugar.