Fernándes fue condenado por ser autor penalmente responsable de los delitos de lesiones leves en perjuicio de O.F., y lesiones leves agravadas por la relación de pareja preexístete y violencia de género y privación de la libertad agravada, en perjuicio de M.E.C., todo ello en concurso real.
El hombre deberá dar cumplimiento a las siguientes reglas de conducta: fijar domicilio, notificar cualquier cambio y someterse al cuidado del Programa de Inserción Social y Supervisión de Presos y Liberados de Salta; prohibición total de acercamiento a las víctimas y a los lugares que ellos frecuentes en un radio de 200 metros; prohibición de realizar actos de violencia física o psíquica en su contra y de ingresar al domicilio donde los mismos residan; abstenerse de abusar del consumo de bebidas alcohólicas y del consumo de estupefacientes; someterse a tratamiento psicológico previo informe de un profesional que acredite su necesidad y eficacia; adoptar oficio, arte, industria o profesión adecuado a su capacidad.
Estas reglas de conducta son obligatorias por el término de dos años desde que el fallo se encuentre firme.
Una vez finalizada la audiencia el hombre recuperó si libertad.
Por otra parte, se ordenó el examen físico y la extracción de muestras correspondientes para ser registrado en el Banco de Datos Genéticos, según lo previsto en la ley 7775.
Violencia de género
Condenado será registrado en el Banco de Datos Genéticos08/01/2018. Marcelo Rubio, juez en feria de la Sala VI del Tribunal de Juicio, condenó en audiencia de juicio abreviado a Sebastián Fernándes a la pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional.