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POLICIALES

Se dirigían de Salta a Mendoza

Condenan a siete años de prisión a los ideólogos de un transporte de 79 kilos de cocaína

Pese a que no participaron materialmente del hecho, la fiscalía estableció que los acusados tuvieron dominio sobre la operación, por la que ya habían sido condenados otros tres cómplices.

El secuestro de droga
El secuestro de droga

El Tribunal Oral Federal N°2 de Salta, integrado por Abel Fleming (presidente), Domingo Batule y Gabriela Catalano, condenó el jueves pasado a Juan Carlos Serrano Cruz y Nicolás Maximiliano Amaya a 7 años de prisión, en la audiencia final de un juicio que había comenzado el 19 de marzo.

La pena impuesta fue la solicitada por el fiscal general Francisco Snopek, de la Unidad Fiscal Salta, quien llevó adelante el caso desde el inicio. Previamente, en el juicio de responsabilidad, logró que ambos acusados sean declarados culpables por el delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes, en calidad de coautores.

El caso se presentó difícil para la fiscalía, pues Serrano Cruz y Amaya, detenidos con posterioridad al secuestro de la droga, habían desplegado numerosas e intricadas maniobras de ocultamiento que los colocaban distantes del transporte como de quienes lo ejecutaron.

Con comunicaciones en las que abundaban el lenguaje encriptado y movimientos migratorios coordinados para no aparecer junto a los autores materiales del tráfico, entre otras estratagemas, los dos acusados condujeron los hilos de la operación.

La fiscalía presentó en el debate los resultados de una investigación que por las pruebas reunidas y el análisis criminológico, permitió llegar a los eslabones más importante de esta organización.

Todo ello fue puesto de manifiesto por el tribunal al momento de expresar los fundamentos de su veredicto. Al respecto, el juez Fleming, graficó la argucia de Serrano Cruz y Amaya con el cuadro de Las Meninas, del pintor español Diego Velázquez, obra que utilizó para significar la “ausencia presente” de los acusados durante toda la operación de narcotráfico

La punta del ovillo

El caso se inició en la madrugada del 12 de diciembre de 2019, cuando una patrulla de Gendarmería Nacional detuvo dos camionetas VW Amarok, en las cuales viajaban los hermanos Branco y Ezequiel Villegas, oriundos de Mendoza, y Rodolfo Cruz, de Jujuy.

Los rodados fueron detenidos para el control de rutina en la ruta 68 a 7 kilómetros de la ciudad de Cafayate. Se descubrió que en el interior del tanque de combustible llevaban paquetes de cocaína, con un peso de 79 kilos.

Lo que más llamó la atención de esta carga fue que el tanque había sido alterado de tal forma que los soportes internos, que funcionan como rompeolas, no permitan ver la droga, la cual, a su vez, fue envasada al vacío para evitar su detección por canes antinarcóticos.

Este aspecto fue resaltado por el fiscal en su alegato, pues es una de las evidencias claves de la maniobra. Los jueces lo señalaron como un elemento que da cuenta del grado de sofisticación de la empresa delictiva.

Por este hecho, el fiscal Snopek llevó a juicio a los hermanos Villegas y Cruz ante el Tribunal Oral Federal N°1, el cual resolvió condenarlos a penas de 7 años de prisión el 15 de julio de 2020 y el decomiso de las dos camionetas.

Desde la sombra

La fiscalía advirtió que había indicios y pruebas respecto a los ideólogos de la operación y avanzó con las pesquisas, lo cual derivó en la detención de Serrano Cruz y Amaya. Ello sucedió a horas de iniciado el juicio a sus cómplices.

La fiscalía –en el alegato de apertura- advirtió sobre la complejidad del caso, pues a diferencia de los autores materiales fue necesaria una tarea más pormenorizada en la reunión de indicios y el análisis de cada uno de ellos.

Para ello, la fiscalía, integrada también por la auxiliar fiscal Roxana Gual, presentó varios testigos y una importante cantidad de pruebas técnicas, entre ellas cuadros de interacciones entre cada uno de los componentes de la organización, en especial con Serrano Cruz y Amaya.

Al alegar, el fiscal Snopek proyectó este cuadro y otros con los cuales mostró el movimiento migratorio, las comunicaciones telefónicas y la explotación de redes sociales. Con ello probó la relación de los acusados con la droga y los tres condenados.

Como primer punto a tener en cuenta, el fiscal señaló el punto de origen de los integrantes de la organización: todos oriundos de una misma localidad en Mendoza. Serrano Cruz, de nacionalidad boliviana, era la persona que contaba con los nexos en ese país para la obtención de la droga, apuntó el fiscal.

Movimientos migratorios

Amaya y los hermanos Villegas registraban salidas del país con ingreso a Bolivia, por el Paso Puerto Chalanas, el 4 de diciembre de 2019, mientras que Serrano Cruz, quien claramente ocupaba otra jerarquía, lo hizo el 8 de ese mes, también por el mismo paso.

Por su parte, Cruz, quien residía en Jujuy, ingresó a Bolivia el mismo 10 de diciembre, fecha en la que todos, con excepción de Serrano Cruz, regresaron al país, pero por el paso de Aguas Blancas, para iniciar el transporte de la droga.

Serrano Cruz, sin embargo, no registra un reingreso legal, aunque las pruebas indican que retornó al país. En ningún momento se unió a sus cómplices, quienes viajaban con la droga acondicionada en el tanque de combustible.

El 11 de diciembre, a las 22.05, cuando el convoy se hallaba en Metán, Amaya, quien estaba por debajo de Serrano Cruz, a cargo de la logística, se despidió de los Villegas y siguió viaje a Mendoza a bordo de un colectivo de larga distancia.

No obstante, y para mantener el monitoreo de sus cómplices y la droga, que iba con ellos, dejó en poder de Branco Villegas su teléfono celular con las cuentas de correo electrónico y otras contraseñas abiertas.

Esta, según el fiscal, fue otra de las maniobras salientes de ocultamiento y distanciamiento, en este caso de Amaya, con respecto a la droga, la cual, sin embargo, fue suplida mediante contacto con mensajes y llamadas encriptadas con los hermanos Villegas.

Para probar el contacto permanente entre Serrano Cruz y Amaya con los cómplices que llevaban adelante el transporte de la droga, el fiscal desmenuzó, con gráficos digitalizados, todas las llamadas y mensajes que se obtuvieron de los teléfonos secuestrados, los cuales revelaron todas las comunicaciones, incluso los mensajes que aparecían borrados, pero que fueron recuperados.

Durante la audiencia se reprodujeron numerosos audios que revelaron cómo Serrano Cruz y Amaya, siempre con nombres cambiados o apelativos, con lenguaje cifrado e incluso con voces forzadas para no ser reconocidos, monitorearon el avance del cargamento hasta que fueron detenidos.

“Coautores”

“Todos son coautores del transporte, pues cada uno con roles distintos en la cadena jerárquica de la organización tuvo una participación activa en un mismo hecho, algunos de manera directa como los Villegas y Cruz y otros, en el caso de Serrano y Amaya, de manera indirecta, pero sin perder jamás el dominio de la operación”, sostuvo el fiscal.

También descartó de plano las coartadas planteadas por la defensa de ambos acusados. En el caso de Amaya, que fue a comprar bicicletas para la reventa en Mendoza, o bien, el argumento de Serrano Cruz, respecto a que sus numerosas salidas migratorias fueron para visitar a sus familiares.

Para dejar en claro el interés de los dos acusados en la operación, el fiscal mostró a los jueces fotografías de Serrano Cruz, extraídas de sus perfiles en las redes sociales, en las que hacía gala de cuatro vehículos de alta gama, entre ellos un Audi y un Chevrolet Camaro, éste último valuado en Argentina en una suma de 100 mil dólares.

El fiscal resaltó que las dos camionetas utilizadas para el transporte también son de Serrano Cruz; una de ellas aparece vendida por el acusado a Branco Villegas, quien se movilizaba con una autorización firmada por quien, en realidad, fue el ideólogo principal de la operación.

En base a estas y otras pruebas, el fiscal logró que los jueces, al definir la responsabilidad penal, declarasen culpables a los dos acusados, para quienes luego solicitó, en la etapa de cesura, la pena de 7 años de prisión, aplicada finalmente por el tribunal.

Estructura no visible

Al momento de fundamentar la condena, con el juez Fleming siempre como vocero, el tribunal coincidió prácticamente con todo lo expuesto por la fiscalía. Se valió para ello de los datos expuestos en los cuadros utilizados en la exposición por el representante del MPF para determinar la responsabilidad de Serrano Cruz y Amaya.

En su metáfora con el cuadro de Las Meninas, el juez señaló que en dicha obra “hay algo que no está en el cuadro; todas las miradas van dirigidas a un punto lateral en la escena, donde se ubica un espejo, en el que se puede ver la figura de una persona que esta fuera de la escena que mira el pintor”.

Esa figura, explicó, se trata nada menos que del rey. “En esta obra, hay algo que organiza la escena y ese es el rey, quien es lo más importante; sin embargo, no aparece en el cuadro, aunque tiene más presencia por ausencia que por presencia misma”.

De la misma manera, agregó, este concepto de estructura no visible, pero con una función de organización de la acción, se repite “en el crimen organizado, donde hay un nivel de estructura que no es visible, por lo que hay que identificarlo y llegar a visualizarlo a partir del análisis sistémico”.

Explicó que “las pruebas en los grados superiores no son directas ni instrumentales, sino indiciarias, están aisladas unas de otras sin decir nada en este estado, pero si las reunimos revelan el hecho”.

Para los jueces, Serrano Cruz aparece caracterizado como una persona que “nos presenta una cantidad de obstáculos en la vinculación con los otros acusados y los hechos. Con respecto al suceso, hay una interferencia explicita y otra deliberada”. Esta conducta de desagregar los indicios sólo se explica con un solo objetivo: “debilitar la acusación”.

“Plata chica”

Fleming señaló que en este caso no hubo necesidad de un “barredor”, función que consiste en un vehículo que recorre la ruta por delante para alertar sobre la presencia de las fuerzas de seguridad. “No fue necesario porque el modo de acondicionamiento de la droga les daba seguridad, ya que se hizo con un alto grado de eficiencia”, indicó.

El juez reconoció que “este grado de complejidad es propio de las personas que tienen cierta profesionalidad en esta actividad. Y para ello basta ver el listado de los pasos por las fronteras, tanto hacia Bolivia como a Chile”.

Al momento de analizar los planteos defensivos, indicó que el movimiento migratorio de los acusados, por ejemplo, excede la excusa de Serrano Cruz de que “iba a visitar a su familia, ya que lo hacía junto a los Villegas, lo cual desautoriza esa coartada, ya que los Villegas no son su familia”.

Respecto a que se hizo el viaje para comprar seis bicicletas, el tribunal entendió que “este es el negocio de plata chica; los billetes grandes estaban en el valor de los 79 kilos de cocaína, equivalente en una suma de 200 mil dólares, unos 28 millones de pesos, sin tener en cuenta que más al sur, ese valor se incrementa; por lo que la adquisición de bicicletas es un negocio de moneda que da una cobertura, pero lo más sospechoso fue que hayan regresado sin esa carga ni ninguna otra que podrían haber comprado en Bolivia”.



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