El Tribunal Oral Federal N°2 condenó hoy a José Miguel Farfán a la pena de 15 años de prisión por ser considerado coautor del delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes. Fue al término de una audiencia que comenzó a las 8 y se extendió hasta pasadas las 14.
La condena había sido solicitada por el fiscal general Carlos Martín Amad, del Área de Transición de la Unidad Fiscal Salta, quien había pedido la misma calificación penal resuelta por el tribunal, pero por 18 años de prisión.
Farfán, de esta manera, se suma a otros tres integrantes de la organización que fueron condenados el 9 de febrero de 2018 por el Tribunal Oral Federal N°1 por su participación en el mismo hecho, ocurrido el 12 de septiembre de 2013. En esa fecha, personal de Gendarmería Nacional detuvo en Santiago del Estero una camioneta Toyota que llevaba en la caja del rodado una carga de 411 kilos de cocaína en 12 bolsa de arpilleras.
El ahora condenado no pudo ser detenido el día de los hechos, debido a que había tomado la delantera en el convoy identificado, por lo que los gendarmes, que investigaban a la banda desde hacía varios meses, lo perdieron de vista. Tras emitirse el pedido de captura internacional, el 14 de febrero de 2019 la policía de Bolivia detuvo a Farfán en ese país. Tras el proceso de extradición quedó alojado en el penal de Ezeiza.
Réplica
Esta mañana, al reanudarse el debate, el tribunal, presidido por el juez Abel Fleming junto a Gabriela Catalano y Domingo Batule, el fiscal Amad, en su derecho a réplica, descartó de plano el peso de una serie de documentos presentados por la defensa de Farfán respecto a una operación de venta de una porción de una finca en Apolinario Saravia.
Sucede que en esa propiedad se habían registrado reuniones previas de los integrantes de la organización criminal, por lo que el mismo Farfán, en sus oportunidades de declarar, insistió en que dicha finca no era suya sino de Nieves, otro de los integrantes de la banda, a quien ahora el acusado intentaba achacarle la responsabilidad del hecho.
Para el fiscal, la presentación de tales documentos se trató de una maniobra para buscar desvincularse del hecho, cuando en realidad “Nieves no tenía la capacidad económica para semejante operación, sólo hizo de testaferro”.
También, y respecto a la crítica de la defensa de Farfán por la valoración de las circunstancias personales del acusado, negó cualquier interés personal de perjudicar a Farfán, pues la evaluación de los antecedentes del imputado es una tarea exigida por el Código Procesal Penal.
Asimismo, señaló como una falta de respeto las descalificaciones realizadas, a su entender, por la defensa respecto a la investigación realizada por personal de Gendarmería Nacional que tuvo intervención en el caso, como por ejemplo el haber tildado de “comisión fantasma” a los efectivos que el día del hecho vieron a Farfán en el escenario del transporte. Amad resaltó la tarea de los investigadores. Dijo que “los testigos fueron claros y solidos respecto a lo sucedido en 2013”. Además, la defensa sostuvo que no había llamadas, sin embargo, cuando se escuchó en el debate tres conversaciones telefónicas, dos de ellas revelaron indicios concretos de la participación de su representado.
“Si se busca una selfie de Farfán al lado de la droga, no la vamos a tener, pues sabe muy bien que debe mantenerse lo más lejos posible de la prueba del delito”, graficó el representante del Ministerio Público Fiscal. No obstante, afirmó que durante el debate se dieron a conocer pruebas directas que lo ubicaron al acusado en el lugar del hecho, como los informes de impacto de activación de antenas telefónicas. “Es la tecnología la que lo coloca a Farfán en el lugar del hecho”, afirmó el fiscal, quien también resaltó el secuestro de bolsas en su finca de Farfán, las mismas que se utilizaron para embolsar los paquetes de droga incautados.
Por último, el fiscal tildó de mentiras las justificaciones dadas por Farfán en distintos tramos del debate respecto a algunas pruebas expuestas en su contra, como así también destacó la fuga, pues aseveró que en Bolivia no sólo asumió otra identidad sino también intentaba hacer lo mismo con su rostro.
La decisión y sus fundamentos
Concluida la réplica del MPF y la dúplica de la defensa, a cargo del abogado Mariano Sitelli, quien insistió en el valor de la documentación presentada respecto a la compra venta de parte de la finca de su cliente, el tribunal escuchó por última vez al acusado, quien insistió en su inocencia.
Tras dos horas de deliberación, los jueces volvieron al recinto y dieron a conocer la condena contra Farfán, a lo que siguió una exposición de los fundamentos del fallo, que se prolongó hasta pasadas las 15.30.
En este tramo, y siempre con Fleming como vocero principal, el tribunal realizó primero una referencia al avance del narcotráfico en el sur de la provincia, donde el tráfico cambió de modalidad con la llegada de los “bombardeos” de la droga por vía aérea, como así también por el cambio de rutas de transporte, hacia la región del litoral. En ese contexto, los jueces explicaron también la adaptación de las fuerzas de seguridad que combaten esta actividad, que clasificaron como una desventaja, pues ahora las organizaciones criminales se valen no sólo de flota de vehículos, sino también teléfonos satelitales y otros dispositivos de geo localización.
En seguida, ingresaron al análisis del hecho y la relación de cada uno de los condenados, en especial de Farfán, con la operación de tráfico. El tribunal desmenuzó cada pieza de la investigación, las pruebas ventiladas en el debate y presentó cómo el acusado efectivamente tuvo el dominio de la droga que era transportada.
Dijeron que por parte de Farfán existió una tarea de “reconocimiento de las rutas y coordinación del transporte, circunstancias en que emitió directivas precisas para la ejecución de la operación. Todo ello se hizo siempre con un gran cuidado, en especial de no tener proximidad con la droga”. Para ello advirtieron la utilización de “modos alternativos y encriptados” de comunicación, pero constantemente con “un rol decisorio” de su parte para con el transporte y el rol de los otros condenados.
El tribunal confirmó que efectivamente Farfán se encontró con otros de los miembros de la banda en la estación de servicio de la localidad de Las Lajitas el mismo día en que se realizó el transporte de la droga, como así también los tres acusados, en sus vehículos, se unieron en el cruce de las rutas 5 y 16, desde donde iniciaron el convoy.
Coincidieron con la fiscalía que lo que motivó toda la logística, tanto para ejecutar el tráfico de la cocaína como para evitar ser descubiertos, fue motivado por la codicia, pues como señaló el fiscal Amad, lo único “que les importa es la plata, ese es su Dios”.
También, y entre otros numerosos conceptos, el tribunal resaltó el grave daño que significó el hecho, pues se trata de una carga de pureza media-alta que se traduce en millones de dosis que habrían derivado en un grave daño a la salud pública.