Ante la condicionalidad de la pena, el condenado recuperó su libertad, y le fue impuesta la obligación de abstenerse, por el término de dos años, de consumir, cultivar, y acopiar cualquier tipo de sustancias estupefacientes con cualquier fin. Además tiene prohibido abusar del consumo de bebidas alcohólicas y la obligación de fijar domicilio y comunicar cualquier cambio del mismo.
El juez hizo lugar al acuerdo arribado por las partes en relación al juicio abreviado, y aplicó en el caso la figura del arrepentido contenida en la ley de estupefacientes.
Esta figura fue aplicada en el caso, atento a que el imputado aportó datos relevantes que podrían facilitar la identificación de la persona a la cual le adquirió la sustancia estupefaciente incautada.
E.G.Z. fue detenido durante un allanamiento llevado a cabo en junio pasado en el domicilio familiar, donde se secuestraron drogas, un celular y dinero en efectivo. El imputado, al momento de ser detenido, facilitó al personal policial la tarea de requisa en su domicilio, señalando los lugares donde guardaba el dinero que ganaba de la venta, las sustancias estupefacientes y demás elementos que fueron secuestrados como prueba.