La jueza dispuso que el condenado continúe en libertad y le impuso las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: fijar residencia y comunicar al tribunal cualquier modificación dentro de las 48 horas; someterse al control del Programa de Inserción y Supervisión de Presos y Liberados de Salta; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; prohibición de acercamiento en un radio de 300 metros a la víctima; prohibición de ejercer actos de violencia física o psíquica en contra de la denunciante y su grupo familiar; participar Programa de intervención para agresores de violencia de género del Ministerio Público Fiscal a fin de tratar sus impulsos agresivos y con el objeto de eliminar cualquier tipo de acción violenta en contra de la mujer; resarcir el daño ocasionado a la víctima mediante el pago de 10 mil pesos en diez cuotas de mil pesos, las cuales deberán ser depositadas en cuenta judicial, del 1 al 15 de cada mes, sin perjuicio de que la víctima pueda recurrir a la instancia civil para la reparación integral y completa del daño causado.
Por sus impulsos agresivos
Deberá asistir al Programa de intervención para agresores de violencia de género22/03/2018. La jueza María Gabriela González, vocal de la Sala III del Tribunal de Juicio, condenó a Carlos Isidoro Claros a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional por resultar autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves agravadas por la relación de pareja preexistente y por constituir violencia de género, coacción con arma, violación de domicilio y daños, todo en concurso real.