A José Martín Espinoza se le revocó la condicionalidad de una pena anterior impuesta por la Sala III del Tribunal de Juicio y se unificó ambas condenas en la pena única de trece años y cuatro meses de prisión efectiva.
A Pedro Adrián Tolaba, en tanto, los jueces le revocaron la condicionalidad de una pena anterior de la Sala III del Tribunal de Juicio y unificaron ambas condenas en la pena única de doce años y cinco meses de prisión efectiva.
Se ordenó que ambos condenados sean trasladados a la Unidad Carcelaria 1. También que se les realice la extracción de material genético en el Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.
La denuncia contra Espinoza y Tolaba fue presentada el 8 de julio de 2017, por la madre de la damnificada. La mujer relató que, ese día, alrededor de las 15, su hija había ido al cementerio de Coronel Moldes a visitar la tumba de su abuelo.
La menor relató que, de regreso, se encontró con uno de los imputados, vecino de su tía, quien la invitó a tomar un vaso de gaseosa. Luego la hizo pasar y adentro le ofreció un vaso de jugo con alcohol. Adentro estaba el otro imputado junto a un menor. A. M. G. contó que bebió y, poco después, se sintió muy mareada y descompuesta. Fue al baño y, al salir -casi sin poder caminar-, los acusados la recostaron sobre un colchón, en el piso, y abusaron de ella.