En tanto, Celia Karina Cardozo, alias Tutú, fue condenada a la pena de veinte años de prisión por resultar coautora material y penalmente responsable del delito de homicidio simple. Se ordenó su alojamiento en la cárcel penitenciaria local.
Finalmente, el tribunal absolvió a Sergio Ramón Villagrán, alias Keko, del delito de encubrimiento calificado por el que llegó requerido a juicio por aplicación del beneficio de la duda.
Los jueces recomendaron a las autoridades del Servicio Penitenciario que se les brinde tratamiento psicológico y/o psiquiátrico a los condenados Aldo Darío Vargas y Celia Karina Cardozo por el tiempo que los profesionales consideren necesario de acuerdo al diagnóstico.
El tribunal estuvo integrado por los jueces Pablo Farah (presidente), María Victoria Montoya Quiroga y Silvia Bustos Rallé (vocales ad hoc).
El sábado 3 de mayo de 2014, la víctima, Noelia Rodríguez, se dirigió junto a su sobrina hacia Guachipas, donde vivía su hermana, para asistir a un festival folclórico que se llevaba a cabo en el complejo municipal de esa localidad. Permanecieron en el lugar hasta alrededor de las 6 de la mañana y al día siguiente (domingo 6 de mayo), Rodríguez y sus familiares concurrieron al festival de doma. Allí estuvieron hasta cerca de las 19, momento en que la víctima se retiró para regresar al domicilio de su hermana, junto a su sobrina. Alrededor de las 20, Rodríguez le dijo a su acompañante: “Me voy, vos ya sabés dónde. Te prometo que vuelvo temprano”. Según testimonios, la víctima había acordado un encuentro con Aldo Darío Vargas, apodado el Gringo. A continuación se retiró de la vivienda llevando solamente su celular. Esa fue la última vez que se la vio con vida.