El juez le impuso al condenado las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: fijar residencia en la ciudad de Salta, informar al tribunal cualquier cambio de domicilio y someterse al cuidado del Patronato de Presos y Liberados; abstenerse de concurrir al domicilio de la denunciante y de relacionarse o establecer contacto con ella.
Si el condenado no cumpliese con algunas de las reglas, el tribunal podrá disponer que no se compute como plazo de cumplimiento todo o parte del tiempo transcurrido hasta ese momento. Y si persistiese en el incumplimiento, el tribunal podrá revocar la condicionalidad de la condena dictada y el imputado deberá entonces cumplir la totalidad de la pena establecida.
Finalmente, el juez ordenó la extracción de material genético del condenado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.
El imputado es médico ginecólogo. Fue denunciado por una paciente, quien relató que fue sometida a tocamientos impúdicos cuando concurrió al consultorio del profesional para realizarse un control de rutina.