Este viernes al mediodía, en una audiencia de formalización de la investigación penal, la Procuraduría de Narcocriminalidad Regional NOA, representada por el Fiscal General Eduardo Villaba y la auxiliar fiscal Mariana Gamba Cremaschi concretó la imputación y prisión preventiva de cuatro personas que conformaban una organización dedicada a la siembra, cultivo, almacenamiento y comercialización de marihuana.
La acusación, seguida contra Noelia Patricia Franco, Sebastián Ariel Recchiuto, Ramón Eduardo Díaz y Nicolás Mauricio Luccione, fue presentada ante el juez federal de Garantías N°1 Julio Bavio, quien coincidió con los argumentos de la fiscalía y dio por formalizada la imputación.
Al explicar los detalles del caso, la auxiliar fiscal Mariana Gamba Cremaschi de la PROCUNAR NOA sostuvo que producto de distintas pesquisas, surgida de otras investigaciones, se pudo establecer actividades de narcotráfico ligadas a Simón Mellano, actualmente prófugo.
El mismo, según lo presentado por la fiscalía, es propietario de una finca en la localidad de Coronel Moldes, ubicada a una distancia de 101 kilómetros de la capital. Mellano –afirmó- había iniciado lo que él mismo denominó “un nuevo proyecto”, el cual no era otro que la puesta en marcha de un invernadero para la siembra y cultivo de marihuana.
En tren de este emprendimiento delictivo, convocó a Recchiuto, quien conoce en detalle los secretos de la siembra y tipo de semillas de Cannabis Sativa, trasladándose el acusado de la provincia de Jujuy para asumir la plantación, de la cual Mellano sacó provecho con la comercialización del estupefaciente.
De las investigaciones realizadas, Gamba Cremaschi explicó que Díaz fue otro de los que se sumó a esta actividad delictiva. Hacía de remplazo o cuidador de la plantación cuando Recchiuto se iba de viaje a Jujuy para ver a su familia.
La organización, según agregó, se completaba con Franco, pareja de Mellano y a la vez encargada de verificar aspectos relacionados a la distribución y comercialización de la droga que surgía del invernadero en Coronel Moldes.
El círculo se completaba con Luccione, cuyo rol consistía en ser el encargado del fraccionamiento y acopio de la droga bajo las órdenes de Mellano, líder de la organización, quien, pese al esfuerzo de la policía por detenerlo, hasta el momento no fue localizado.
Procedimientos
La auxiliar fiscal fundamentó la acusación en numerosas pruebas, entre ellas tareas de campo e intervenciones telefónicas, en las cuales los acusados refirieron ampliamente aspectos relacionados, tanto al invernadero como la comercialización de la droga.
A partir de estas pruebas, la PROCUNAR NOA solicitó la autorización judicial para concretar distintos procedimientos en procura de detener a los acusados.
Dispuestas las órdenes judiciales del caso, el jueves pasado personal de la Dirección de Investigaciones Complejas contra la Narcocriminalidad (DICON), dependiente de la Policía de Salta, llevaron adelante cinco allanamientos, tanto en la finca como en los domicilios de los imputados.
Así, se logró la detención de cuatro de ellos a excepción de Mellano, sobre quien ya pesa una orden de captura. Además, se logró el secuestro de 140 plantas en el invernadero ubicado en la finca del jefe de la organización. También se hallaron envoltorios con marihuana, flores y semillas de marihuana, al igual que fertilizantes, germinadores e insecticidas, entre otros elementos necesarios para la siembra y cultivo de dicho estupefaciente.
La mayor carga de esa droga, en tanto, se halló en poder Luccione, en cuyo domicilio se incautó un total de 4 kilos 169 gramos de marihuana, como así también balanzas grameras, entre otros elementos usados para el fraccionamiento.
En vista de ello, la auxiliar fiscal solicitó que se declare la legalidad de las detenciones registradas y se formalice la imputación contra Franco, Recchiuto y Díaz por el delito de siembre y cultivo de estupefacientes, agravado por el número de intervinientes, en calidad de coautores.
Además, imputó a Franco el delito de tenencia con fines de comercialización, mientras que para Luccione pidió la calificación de almacenamiento. También requirió 90 días como plazo de investigación y solicitó autorización para avanzar con las pericias pendientes, entre ellas a los teléfonos secuestrados en los distintos allanamientos.
En materia de medidas de coerción, la fiscalía planteó la prisión preventiva de todos los acusados por considerar que el hecho es de extrema gravedad, ya que la actividad delictiva desplegada por la organización representaba un grave daño a la salud pública, el bien jurídicamente protegido por la norma.
Gravedad del hecho
Resaltó la naturaleza del caso e hizo hincapié en el latente riesgo de fuga, pues la pena en expectativa, dada la cantidad de elementos probatorios, hacen prever que, en caso de recaer condena la misma no será de ejecución condicional.
Más allá de los elementos recolectados, no descartó que, con el avance de las pericias y otras diligencias investigativas, surjan otras derivaciones que podrían empeorar la situación de los acusados, pues el caso aún está en su inicio.
Las defensas, en tanto, no presentaron objeciones a la acusación, pero sí se opusieron respecto a la medida de prisión preventiva respecto a Franco y Díaz, quienes prestaron declaración en la audiencia y lo hicieron para deslindar responsabilidades con el hecho.
La defensa pública, en el caso de Franco, planteó como alternativa el arresto domiciliario para su defendida y alegó que la misma estaba sujeta a lo que disponía su pareja y principal acusado, para finalmente cuestionar la disposición de la fiscalía de no aplicar otras medidas de morigeración.
El defensor de Díaz, por su parte, realizó el mismo pedido de arresto domiciliario para su cliente, mientras que el fiscal Villalba solicitó el rechazo de ambos pedidos, ya que de las pruebas surge claramente la participación en los hechos.
Al momento de resolver, el juez Bavio decidió conforme a lo solicitado por la fiscalía, pues declaró la legalidad de las detenciones, formalizó las imputaciones como lo planteó la auxiliar fiscal e hizo lugar a la prisión preventiva.
En su resolución, el magistrado resaltó la gravedad del hecho, la naturaleza del mismo, el riesgo de fuga y la incidencia de la pena en expectativa que podría recaer en los acusados, indicadores que consideró esenciales y compatibles con el caso.
Resaltó también la misión principal del Código Procesal Penal Federal de combatir las actividades del narcotráfico, contempladas no sólo en los distintos artículos, sino también en la introducción del código de normas. Además, indicó que el Estado Nacional, por convenios internacionales firmados, tiene una gran responsabilidad en esta materia.