En consecuencia, fue revocada la medida cautelar dispuesta para Aguayo de arresto domiciliario por sistema de vigilancia monitoreado, el cual había sido resuelto por el Tribunal de Impugnación, Sala I, el 21 de marzo pasado, y se ordenó su inmediato traslado a la Unidad Carcelaria 3 de Orán, donde quedará alojado a disposición del Tribunal.
En el fallo, el magistrado dispuso que durante su detención el joven deberá realizar tratamiento psicológico a los fines de su resocialización, y según indicaciones del profesional tratante. Y ordenó que dispuso que una vez firme la sentencia, se extraiga material genético al condenado, por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales y su posterior inscripción en el Banco de Datos Genéticos, previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG), conforme la Ley 7775 y su decreto reglamentario. También deberá realizarse el informe físico, para constatar las señas particulares para su identificación integral. Las copias certificadas serán remitidas a la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA), según lo exige la Acordada 12480, con la muestra fotográfica actualizada del condenado y la impresión de un juego de huellas dactilares.
La audiencia de lectura de los fundamentos de la sentencia será el próximo martes 18.
El 11 de agosto de 2017, en la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, Aguayo interceptó a la víctima, de 18 años, y la hizo ingresar al local donde trabajaba y la sometió sexualmente.