La jueza ordenó que el condenado continúe en libertad debido a la modalidad de la pena impuesta y le fijó las siguientes reglas de conducta por el plazo de dos años: constituir domicilio, comunicar cualquier cambio que realice y someterse al control y vigilancia del Patronato de Presos y Liberados, ante el cual deberá presentarse trimestralmente, del 1 al 10 de cada mes; no abusar de la ingesta de bebidas alcohólicas y abstenerse de consumir estupefacientes; prohibición total de acercamiento a la víctima y a los lugares que ella frecuenta; prohibición de establecer todo tipo de contacto, por cualquier medio, con la menor; realizar tratamiento psicológico atento a la modalidad del hecho cometido y acreditar su cumplimiento ante el Patronato; no cometer nuevo delito. Todo ello con apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena impuesta en caso de incumplimiento.
Según consta en la causa, el imputado se contactó con la menor M. A. V. (15) a través de redes sociales y mensajes de texto, logrando ganarse su confianza. Una vez establecido el vínculo de amistad, el imputado comenzó a mandarle a la menor mensajes de clara connotación sexual con el objetivo de consumar un encuentro íntimo.
Acoso por internet
Lo condenan por grooming y le prohíben acercarse y comunicarse con la menor víctima17/04/2018. La jueza Ana Silvia Acosta de Medina, vocal de la Sala IV del Tribunal de Juicio, condenó en audiencia de juicio abreviado a Leonardo Ramos (37) a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional por resultar autor material y penalmente responsable del delito de grooming, en perjuicio de M. A. V.