El juez Marcelo Rubio, vocal de la Sala V del Tribunal de Juicio, condenó a D. E. I. L. (28) a la pena de nueve años de prisión efectiva por resultar autor material y responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante agravado al ser cometido por el guardador y aprovechando la situación de convivencia preexistente, y abuso sexual simple en tres hechos.
El juez ordenó que el condenado sea trasladado a la Unidad Carcelaria 1. También dispuso la extracción de material genético del condenado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del CIF, previa asignación del Dato Único de Identificación genética (DUIG), para su incorporación al Banco de Datos Genéticos.
Finalmente, recomendó a la Asesora de Incapaces 2 que tome las medidas legales correspondientes para el resguardo de las dos menores.
El imputado es padrastro de las víctimas (13 y 14 años). La denuncia fue presentada por la hermanastra de las damnificadas. Las menores acudieron en su ayuda y le contaron que D. E. I. L., pareja de su madre, las sometía a tocamientos impúdicos cuando se quedaban solas con él, y que los hechos se venían repitiendo desde hacía tres años. Las víctimas dijeron que le habían avisado a su mamá lo que ocurría, pero ella las había tratado de mentirosas.