Después de haber analizado la prueba ofrecida durante la audiencia de debate, los magistrados ordenaron también el decomiso de los bienes secuestrados en la causa; que una vez firme se realice el correspondiente cómputo de pena y que además; se extraiga material genético a la mujer condenada, por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales y su posterior inscripción en el Banco de Datos Genéticos, previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG), conforme la Ley 7775 y su decreto reglamentario. También ordenaron que se realice el informe físico, para constatar las señas particulares para su identificación integral.
En tanto, las copias certificadas del fallo serán remitidas a la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA), según lo exige la Acordada 12480, con la muestra fotográfica actualizada de Bridoux y la impresión de un juego de huellas dactilares. El fallo será oficiado a la Jefatura de Policía de la Provincia y al Registro Nacional de Reincidencia.
Los fundamentos del fallo serán leídos el 28 de diciembre próximo.
El hecho juzgado ocurrió el 6 de julio de 2008, cuando María Florencia Bridoux, en estado de ebriedad, embistió el auto de la familia Barba, que se encontraba detenido y haciendo fila en un control de Gendarmería. En el vehículo impactado se encontraba el matrimonio compuesto por Orlando Barba y Alicia Gómez y en la parte trasera, sus hijas Vanesa y Gisela. Ambas fallecieron. El siniestro ocurrió sobre Ruta Nacional 50, cerca de Orán.