Se ordenó que el condenado continúe alojado en la Cárcel Penitenciaria local.
En el mismo fallo, el juez absolvió a José María Vera del delito de lesiones graves y amenazas con arma en calidad de partícipe necesario por el que también llegó requerido a juicio en virtud del beneficio de la duda.
También resultó condenado Juan René Estrada a la pena de cinco años de prisión por resultar autor penalmente responsable del delito de lesiones graves y se ordenó que el imputado continúe alojado en la cárcel penitenciaria local. Estrada fue absuelto además de los delitos de amenazas con arma y homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego en calidad de partícipe necesario, por los que llegó requerido a juicio por aplicación del beneficio de la duda.
Finalmente, el juez absolvió a Javier Héctor Álvarez, Rubén Marino Giménez, Luis Miguel Ballón, Pablo David Estrada, Ruth Natali Estrada y Virginia Soledad Estrada de los delitos de abuso de arma de fuego y agresión con arma impropia por falta de acusación fiscal.
El hecho ocurrió en abril de 2015 en barrio Mosconi, durante un enfrentamiento entre dos grupos antagónicos.