Seguridad reforzó desde el domingo el Operativo de Seguridad Sanitaria en los departamentos Capital, Metán, Cerrillos, Rosario de la Frontera, Cachi, Rosario de Lerma, La Candelaria, La Caldera y Chicoana que entraron en confinamiento hasta el 30 de mayo y los días 5 y 6 de junio. En las jurisdicciones se fortaleció el control de circulación con más de 1.600 policías y retenes de tránsito peatonal y vehicular en puntos estratégicos de control, fijos y móviles.
Entre el viernes pasado y las 6 am de este lunes se hicieron 11.049 operativos de control integral en barrios, locales comerciales, gastronómicos y lugares de esparcimiento. Detectaron 1.870 incumplimientos a las medidas sanitarias y labraron las actas de infracción correspondiente, 559 fueron por no usar tapaboca.
En este contexto se clausuraron en total 22 fiestas clandestinas 5 el viernes, 13 el sábado y 4 esta madrugada. En todos los casos se dio intervención a la Fiscalía correspondiente. La Ley Provincial 8.206 estipula sanciones económicas de hasta 135 mil pesos y penales por atentar contra la salud pública organizando o participando de reuniones masivas no autorizadas por las autoridades competentes.
Cabe destacar que en los departamentos de alto riesgo epidemiológico las restricciones son mayores a las de los que presentan nivel medio y bajo donde se continúa trabajando con los controles y operativos de seguridad sanitaria acordes a las medidas que rigen en cada lugar.
En Capital, Metán, Cerrillos, Rosario de la Frontera, Cachi, Rosario de Lerma, La Candelaria, La Caldera y Chicoana las medidas vigentes hasta el 30 de mayo, 5 y 6 de junio son:
La circulación en el marco de las restricciones de 6 am a 18 horas. Todas las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales se realizarán sin presencialidad, deberán realizar las tareas bajo la modalidad virtual. Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos, alimentos y artículos de necesidad en cercanía a sus domicilios.
Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos al aire libre de cercanía, en horario autorizado para circular, de 6 a 18 horas, y dando cumplimiento al distanciamientos social y medidas sanitarias individuales. No se requiere permiso de circulación para estas actividades. No se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia. Para la recreación no se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales.
El sector gastronómico funcionará mediante delivery y take away. El transporte público está habilitado para las personas expresamente autorizadas para el desempeño de sus actividades esenciales, los casos especiales, atención de salud y vacunación. Todos deben circular con el permiso habilitante que acredita el traslado.
Todas las personas exceptuadas de la prohibición de circular deberán portar en los controles el “Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19” emitido desde https://solicitudparacircular4.salta.gob.ar/declaraciones-juradas/create . Los desplazamientos de las personas exceptuadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada.