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POLICIALES

Narcotráfico

Procesaron a un ciudadano boliviano como organizador de transporte agravado de estupefacientes

Se trata de Jorge Adalid Granier Ruiz, capturado en marzo pasado en Brasil, quien se encuentra imputado por haber organizado un transporte de 389 kilos de cocaína descubierto en Rosario en 2020 y por el cual ya fueron condenadas otras cinco personas. De acuerdo con la investigación, el acusado ofrecía el transporte en avionetas de hasta 400 kilos por cargamento.

Imagen ilustrativa
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El titular del Juzgado Federal N°1 de Salta, Julio Bavio, procesó el jueves pasado al empresario boliviano Jorge Adalid Granier Ruiz por considerarlo responsable del delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de personas intervinientes, en calidad de organizador.

En la resolución, dictada en el marco de una causa que se tramita bajo el sistema mixto, el magistrado ordenó también que se trabe embargo de los bienes del imputado por la suma de 30 millones de pesos.

La investigación del caso fue impulsada por el fiscal federal Diego Iglesias, a cargo de la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR), y el fiscal general Eduardo Villalba, a cargo de las investigaciones que esa misma área realiza en el NOA.

El juez remarcó que Granier Ruiz registraba pedido de captura desde el 2 de marzo del 2022 y que fue capturado el 29 de marzo de este año en Brasil, cuando circulaba desde la localidad de Rondonópolis hacia Campo Grande, en Matto Grosso, para encontrarse con un socio.

Informada la captura por la Interpol, los fiscales Iglesias y Villalba solicitaron al juez Bavio la extradición del imputado, quien le dio curso al pedido en base a las disposiciones contenidas en el Tratado de Extradición entre la República Argentina y la República Federativa de Brasil y lo establecido por el artículo 63 y subsiguientes de la ley 24.767, de Cooperación Internacional en Materia Penal.

El pedido se hizo en el marco de una investigación que había iniciado a partir de una serie de pruebas surgidas de varios expedientes que llevaba adelante el juez Bavio, entre ellos la causa que derivó en la detención de Adelaida Castillo, su hija Estela y Rodrigo López por el transporte de 389 kilos de cocaína, hecho ocurrido el 24 de septiembre de 2020.

Aquel procedimiento se llevó a cabo en el norte de la provincia de Buenos Aires, sobre la ruta 9, en la localidad El Paraíso, partido de Ramallo. Castillo se movilizaba en una camioneta Ford Ranger, mientras que su hija y López lo hacían en otro rodado de igual marca.

Como parte del operativo, Gendarmería Nacional había seguido a los acusados desde que salieron de Buenos Aires hasta la ciudad de Rosario, en Santa Fe, donde se encontraron con el conductor de una camioneta Toyota, quien llevaba la droga, que luego fue traspasada a la camioneta que conducía Castillo en una finca ubicada en la localidad de Ibarlucea.

El 7 de abril del 2022 el Tribunal Oral Federal 2 de Salta N°2 de Salta condenó por este hecho a Castillo a 13 años de prisión por el delito de transporte de estupefacientes, en calidad de organizadora. Estela y López, por su parte, recibieron una pena de 8 años de cárcel por el mismo delito, pero en grado de partícipes primarios.

Como resultado de la investigación liderada por los fiscales Iglesias y Villalba, en la que también intervinieron los auxiliares fiscales Matías Álvarez y Jorge Viltes Monier y la auxiliar fiscal Mariana Gamba Cremaschi, el 8 de marzo del 2022 se logró la detención del conductor de la Toyota que había llevado la droga hasta la finca de Ibarlucea, quien resultó ser Ignacio Quintana, como también fue capturado Fabián Pelozo, otro de los -ya condenados- que fue clave del accionar de la organización narcocriminal de alcance trasnacional.

Quintana y Pelozo tenían el rol de recibir la droga que provenía vía aérea desde Bolivia, que era arrojada en distintos campos ubicados Santa Fe. En el juicio seguido contra ambos, el fiscal general Carlos Martín Amad afirmó que “eran los encargados de la logística, el acopio y la entrega del producto a los distintos compradores e intermediarios, como el caso de Adelaida Castillo, rol que cumplieron con respecto a la droga secuestrada en Ramallo”.

Por este hecho, el TOF de Salta 2 condenó a Pelozo y Quintana a las penas de 9 y 7 años de prisión, respectivamente, tras considerarlos culpables del delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes, en calidad de coautores.

“Dirección exclusiva”

Al avanzar en la cadena delictiva, y como resultado de las tareas de campo e inteligencia criminal realizada sobre los teléfonos secuestrados, se identificó a Granier Ruiz como el “organizador” del transporte de los 389 kilos de droga incautada en Ramallo.

La imputación surgió de varias conversaciones que mantuvo con Castillo, en los que ofrecía la provisión del estupefaciente y su traslado vía aérea, pues contaba con avionetas, servicio por el cual su nombre aparece en otras investigaciones. La más destacada fue la que llevó a la captura y condena de 15 años de prisión -también por el TOF 2- de Valdemar Loza por una operación de tráfico de 1.160 kilos de cocaína.

En el procesamiento, el juez Bavio destacó la tarea de la PROCUNAR en materia probatoria, pues los diálogos y convergencia de otras pruebas fueron clave en su decisión. “En efecto, se pudo concluir que Granier Ruiz organizó la maniobra ilícita investigada, pues de la extensa investigación se estableció que aquél tuvo la dirección exclusiva de las actividades que luego realizarían o materializarían junto con el resto de sus coimputados, los cuales estuvieron siempre en relación, cuanto menos, de subordinación”, afirmó.

Para arribar a esta conclusión, el magistrado tuvo en cuenta los diálogos citados por la fiscalía. En uno de ellos, el acusado reconoció que cobraba una suma de 320 mil dólares por el transporte, con un adelanto de 50 mil. A la vez, dejó en claro que la capacidad de carga de las avionetas rondaba entre los 380 y 400 kilos.

En efecto, en un mensaje remitido a Castillo el imputado sostuvo: “Mamita, ¿sabe qué? Dígale a esa gente que no diga que son sintéticas; he traído cuatrocientos… Le miran brillo, dicen que es sintético, madre. Siempre salen con esa historia. O sea, cómo me van a decir que son sintéticos, si son de Perú”.

En otros chats, Granier Ruiz y Castillo dejaron en evidencia que tenían un trato comercial de larga data. Incluso, la mujer le hace un reclamo por un faltante, aunque ello no fue escollo para que siguieran adelante con la actividad de tráfico.

Existen conversaciones en las que coordinaron fechas, horarios y lugar de encuentro, tanto entre ambos como con otros cómplices, entre ellos Pelozo, quien era una especie de “mano derecha” del empresario boliviano, quien también menciona a dos de sus hijos con distintos roles dentro de la organización.

El 17 de noviembre pasado, con la intervención de los auxiliares fiscales Álvarez y Viltes Monier, se llevó a cabo la indagatoria de Granier Ruiz, quien esbozó una breve declaración, en la cual negó toda acusación, se declaró inocente y dijo que no contaba con antecedentes penales en ningún país, para terminar con una serie de pedidos referidos a su salud y al lugar de detención donde cumple la prisión preventiva, en el Complejo Penitenciario Federal NOA III.

Al momento de analizar la calificación legal, el juez describió el delito como de “autoría mediata”, es decir, sin la necesidad por parte del imputado de participar materialmente del comercio de la droga, pues a través de su posición jerárquica superior, “se vale de intermediarios para lograr el plan criminal orquestado, pero que sin él no se llevaría adelante”.

“Por tales razones, el tráfico ilícito organizado es un delito sumamente complejo, que además puede superar las fronteras nacionales, no sólo para distribuir droga en condiciones de ser finalmente consumida, sino que puede ocurrir que en diferentes países se perfeccione el proceso, por cuanto existen naciones productoras de estupefacientes y países de tránsito o centro de distribución”, agregó el magistrado.

Por último, sostuvo que “esta importante mecánica organizada que excede las fronteras y las consecuencias nocivas a la salud pública mundial también trae aparejado la mutación o traspaso del proceso criminal, como puede ser la puesta en circulación en los diferentes sistemas financieros de bienes provenientes de maniobras de tráfico ilícito de estupefacientes, desplegadas en el mismo país o por fuera de los límites del territorio, con el objeto de que adquieran apariencia lícita”.



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