En primera instancia, el hombre fue absuelto de abuso sexual gravemente ultrajante doblemente agravado por el vínculo, guarda y convivencia preexistente, en perjuicio de una nieta. Fue revocada y está preso.
Los jueces de Alzada ordenaron revocar la sentencia de primera instancia y condenar a N.N.G. a la pena de diez años de prisión efectiva, por resultar autor penalmente responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo y la convivencia preexistente. También ordenaron su inmediata detención.
En la sentencia atacada, el juez de la Sala I del Tribunal de Juicio de Orán cimentó su decisión en las contradicciones de la narración de la víctima, entre la primera versión y la segunda, realizadas ambas en Cámara Gesell. Además, concluyó que no puede basarse una sentencia condenatoria sin elementos que formen convicción de responsabilidad y que brinden certeza.
El juez aseveró que la menor fue motivada a acusar a su abuelo materno, porque la educaba con rigidez y no le permitía desarrollar las actividades que deseaba. Tomó por ciertos los testimonios de sus familiares maternos, pero no tuvo en cuenta las contradicciones; ni la información acercada por las psicólogas del caso, quienes dieron cuenta que “ante determinadas situaciones los menores pueden ser influenciables y sus mutaciones se deben a sentimientos de culpa por la privación de libertad del acusado, por disgregar la familia, por quitarles la fuente de alimentos, etc.; además de los intentos suicidas de la menor, la coherencia y ausencia de contradicciones y de mendacidad en su relato, el odio hacia el abuelo y los pensamientos recurrentes”.
A la denuncia la radicó una tía paterna de la menor, que indicó que la niña fue abusada desde los 10 años y hasta los 14 por el abuelo.
Según el Tribunal de Alzada, la impugnación se sustentó en elementos objetivos que autorizan a modificar lo resuelto por el juez de grado. Los jueces recomendaron a los operadores de justicia el estricto cumplimiento a lo dispuesto por Acordada Nº 12126, tendiente a asegurar el resguardo de los niños y su protección, reconocimiento y respeto de sus derechos.
El hombre ya se encuentra alojado en la Unidad Carcelaria 3 de Orán. La orden fue emitida por el juez en feria, Héctor Fabián Fayos.