El secuestro de numerosas cajas con medicamentos, ampollas y otras esencias, supuestamente curativas, como así también el hallazgo de una caja con 19 cuadernos manuscritos con la historia clínica de cientos de pacientes, como así declaraciones testimoniales de vecinos, condujeron al fiscal penal de Rosario de Lerma, Gustavo Torres Rubelt, a ampliar la acusación penal de Vázquez.
Como se informó este sujeto, de 60 años y recibido como enfermero en ATSA, se encuentra detenido a partir de una investigación penal que llevó adelante el fiscal Torres Rubelt en torno a las denuncias de abuso sexual realizadas en su contra por la madre de dos menores de San Antonio de los Cobres.
Al margen de estos delitos, la fiscalía avanzó con las pesquisas y realizó un allanamiento en la vivienda de Vázquez, en esa localidad de la puna, donde los policías lograron secuestrar una gran cantidad de cajas con medicamentos para distintas dolencias.
Se hallaron comprimidos y ampollas inyectables, como así también otras cremas, tales como Crema Viborina, Vaselina Líquida, Uña de Gato, Crema de Lechuga y una botella de aceite que es motivo de estudio. También se secuestró una caja de metal con tijeras, pinza, tensiómetro, estetoscopio y un manual de enfermería.
Lo que más llamó la atención fue el hallazgo de una caja con 19 cuadernos, los cuales contenían el seguimiento de numerosos pacientes, quienes acudían a la casa del acusado para hacerse atender por distintas dolencias físicas.
Testimonios
Por otra parte, y en vista de estos medicamentos secuestrados, la fiscalía citó a varios vecinos, quienes en sus declaraciones confirmaron que Vázquez era el curandero de esa localidad y que cobraba por ello e incluso señalaron que en la puerta de su casa había un afiche con el horario de atención.
En vista de estos elementos de pruebas, Torres Rubelt decidió ampliar la imputación penal contra Vázquez por el delito de “curanderismo”, contemplado en el artículo 208 del Código Penal, con una pena de hasta un año de prisión.
De las pruebas reunidas, “se tiene que el acusado ejercería sin título ni autorización el arte de curar como actividad lucrativa, anunciando dicha tarea mediante afiches en la puerta de su domicilio con horario de atención, y asimismo recetaría, en forma habitual, según dichos de las denunciantes y de los testigos, diferentes tipos de medicamentos y otros tratamientos para curar distintas enfermedades a las personas. Hecho que encuentra a prima facie su encuadre legal en el delito de “curanderismo”, tipificado por el Art. 208”.