Así, la jueza de Garantías 1, Ada Zunino, ordenó al hombre la obligación de dar cumplimiento a las siguientes reglas de conducta: fijar un nuevo domicilio, notificar cualquier cambio y someterse al cuidado del Patronato de Liberados; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; se someterá a tratamiento psicológico para el control de sus impulsos, previo informe que acredite necesidad.
Además, se dictó la prohibición de acercamiento a 200 metros de la menor víctima y de su grupo familiar, tanto a su domicilio, al laboral, de esparcimiento o de concurrencia habitual, como también a la escuela a la que asiste; y la prohibición de mantener cualquier tipo de contacto y por cualquier medio (oral, escrito, telefónico, mensajes de texto, facebook o similar) con la víctima y su grupo familiar. En caso de no hacerlo, podría dejarse sin efecto la modalidad condicional de la pena impuesta, que sería de cumplimiento efectivo.
También se ordenó la extracción de material genético, previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG), para ser incluido en el banco de datos habilitado a esos fines.
Díaz recuperó su libertad una vez finalizada la audiencia.
Durante el juicio abreviado se contó con una intérprete de señas, ya que el condenado es sordomudo.
El 28 de septiembre de este año, el hombre había sometido a tocamientos a una niña de 12 años mientras viajaban a bordo de un colectivo. La menor le contó a su madre que Díaz le levantó la pollera, y que, al darse vuelta, vio que tenía sus partes íntimas expuestas. Ante esta situación, la víctima le avisó a una pasajera, que puso en alerta al chofer del colectivo y llamaron a la policía.