En este sentido, en el articulado de la norma, se establece que los alumnos no podrán usar dispositivos digitales en el horario de clases, salvo autorización expresa del docente a cargo y/o autoridades del establecimiento, conforme a los casos en los que específicamente se permita su uso contemplado en el Protocolo que dictará la Autoridad de Aplicación en un plazo de 60 días contados a partir de la publicación de esta Ley.
El referido protocolo deberá ser comunicado a las autoridades de los establecimientos educativos, cuerpo docente y familiares de los alumnos.
La Autoridad de Aplicación de esta Ley será el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, o el organismo que en el futuro lo reemplace.
Asimismo, se dispone que el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología deberá implementar políticas y programas de educación y concientización sobre el uso responsable de la tecnología dirigidos a estudiantes, padres y docentes. Además, el organismo realizará evaluaciones periódicas sobre el impacto de esta Ley en el rendimiento académico de los estudiantes, ajustando las medidas según los resultados obtenidos.
El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley en idéntico plazo establecido en el artículo 2 de la misma, es decir, un plazo de 60 días.
El proyecto remitido por la Cámara Alta con modificaciones acumuló las iniciativas de autoría de los diputados Gustavo Orozco, Gloria Seco, Mónica Juárez, Bernardo Biella y Cristina Frisoli, y de los senadores Alejandra Navarro, Dani Nolasco, Esteban D`Andrea, Juan Cruz Cura, Gonzalo Caro Davalos, Gustavo Carrizo, Javier Mónico Graciano, Leopoldo Salva, Walter Cruz.
El proyecto fue sancionado en definitiva por amplia mayoría del Cuerpo, con dos votos negativos. Pasó al Poder Ejecutivo.
Diputados
Aprobaron la Ley que regula el uso de celulares en escuelas20/11/2024. La Cámara Baja aprobó y convirtió en Ley la iniciativa que regula el uso de dispositivos digitales en los establecimientos educativos de los niveles inicial, primario y secundario en todas sus modalidades, tanto de gestión estatal y privada de toda la provincia.