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SALTA

Concejo Deliberante

Aprueban beneficios para jubilados y discapacitados

Se sancionó que incorpora modificaciones a las normas Nº 15.921 (Código Tributario) y Nº 16.186 (Tributaria Anual). Los cambios relacionados con la primera normativa tienen como objetivo que, en las solicitudes de eximición de los diferentes tributos municipales presentadas por personas con discapacidad, enfermedades terminales, jubilados, pensionados, veteranos de guerra, salteños caídos, no deberán abonar diversas tasas.

Sesión del Concejo
Sesión del Concejo

El concejal Kripper, al tomar la palabra, sostuvo que la redacción de la iniciativa responde a una demanda social. En cuanto a sus objetivos, expresó: "La Municipalidad ofrece el trámite de exención impositiva para jubilados, pero se les exigía el pago del sellado y del certificado de libre deuda, lo que creemos es una incoherencia que termina limitando el beneficio".

La redacción establece modificaciones en el artículo 237 de la Ordenanza Nº 15.921, en lo relacionado a las exenciones de la Tasa de Actuación Administrativa. En este apartado se incorpora el inciso f, que quedará redactado de la siguiente manera: "En el caso de las solicitudes de eximición de los diferentes tributos municipales por personas con discapacidad, enfermedades terminales, jubilados, pensionados, veteranos de guerra, salteños caídos, debiendo acreditar su condición conforme lo establezca la autoridad de aplicación, no abonarán los montos correspondientes al sellado municipal, la reposición de fojas de los expedientes que se formulen y la emisión del certificado de libre deuda municipal".

La edila Malvina Gareca (SPV) tomó también la palabra durante el tratamiento para destacar la iniciativa y adelantar su voto positivo.



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