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SALTA

Sesionó el Concejo

Cambios en la ordenanza que regula la venta en la vía pública

El cuerpo deliberativo aprobó un Proyecto de Ordenanza que dispone modificaciones en los artículos 50 y 50 Bis de la norma N° 6.240-Venta en la vía pública- estableciendo la actualización en Unidades Tributarias de las multas y consignando valores mínimos y máximos, que van desde 150 hasta 1500 UT. También se consignan cambios en lo relacionado al secuestro de las mercaderías y la remoción o retiro de los elementos de escaparates, construcciones, etc.

Venta en la vía pública
Venta en la vía pública

Con las modificaciones introducidas en el artículo 50 de la Ordenanza Nº 6.240, se establece que el incumplimiento a lo establecido en la norma dará lugar a la aplicación de multas de 150 hasta 1.500 Unidades Tributarias (UT) y el decomiso de las mercaderías, productos u otros implementos.

En tanto, los cambios en el artículo 50 Bis se realizan en su primer párrafo, el cual quedó redactado de la siguiente manera: “La falta de autorización en cualquiera de las modalidades previstas en la presente ordenanza, traerá aparejado de inmediato el secuestro de las mercaderías y la remoción o retiro de los elementos escaparates, construcciones, etc., en que se los portaran, remitiéndose de inmediato las actuaciones al Tribunal Administrativo de Faltas de la Municipalidad de la ciudad de Salta”.



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