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SALTA

Creación del Plan Federal de Capacitación sobre Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Diputados tratarán la adhesión a la "Ley Lucio"

Diputados analizará adherir a la Ley Nacional N° 27.709 de creación del Plan Federal de Capacitación sobre Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes - Ley Lucio.

Sesiona la Cámara de Diputados
Sesiona la Cámara de Diputados

La iniciativa propone adherir al Plan Federal de Capacitación sobre Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, estatuido por la Ley Nacional 27.709, cuyos destinatarios principales son las personas que se desempeñan en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial que forman parte corresponsable del Sistema Integral de Promoción y Protección de Derechos. Conforme la Ley Nacional 26.061, el Sistema de Protección Integral de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes está integrado por aquellos organismos, entidades y servicios que diseñan, planifican, coordinan, orientan, ejecutan y supervisan las políticas públicas, de gestión estatal o privadas, en el ámbito nacional, provincial y municipal, destinados a la promoción, prevención, asistencia, protección, resguardo y restablecimiento de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

Código contravencional

Tambén se tratará la modificación del artículo 106 bis del Código Contravencional de la Provincia de Salta (Ley 7135) referente al Certificado de Mínima Seguridad contra Incendios.

El Proyecto de Ley tiende a incluir a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Salta, la facultad de expedir el Certificado de Mínima Seguridad contra Incendios. Como todos sabemos las Asociaciones de Bomberos Voluntarios brindan a nuestra Comunidad Salteña un marco de prevención y asistencia ante cualquier tipo de incendios o catástrofes, más aún sabiendo que no cuentan con suficientes recursos económicos y en ciertos casos ni con una infraestructura adecuada para asistir la demanda de la población. Muchas veces tienen que recurrir a la solidaridad de los ciudadanos y empresas privadas para subsistir y seguir brindando a la Comunidad sus Servicios de Seguridad y Prevención y hasta deben realizar lotas o bingos para recaudar fondos para la compra de insumos, uniformes y elementos o herramientas necesarias para el funcionamiento de la Asociación de Bomberos Voluntarios. Con la modificación del artículo 106 bis de la Ley N° 7135, le estaremos brindando a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios la posibilidad de que cuenten con un pequeño ingreso económico en concepto de arancel, por la expedición del Certificado de Mínima Seguridad Contra Incendio vigente, en cada localidad que sea necesario.



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