Para conocer detalles del trabajo de digitalización del plexo normativo generado en Salta desde año 1855 a la actualidad, la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional del Senado recibió este miércoles a la directora general del Boletín Oficial de la Provincia, Victoria Restom.
Del encuentro, encabezado por el presidente de la Comisión, Javier Mónico y el vicepresidente primero, Mashur Lapad, participaron los senadores, Alejandra Navarro; Dani Nolasco; Diego Cari; Walter Wayar; Héctor Calabró; Leopoldo Salva, Enrique Cornejo; Leonor Minetti; Luis Altamirano; Walter Cruz y Sonia Magno.
Restom sostuvo que el proceso de digitalización de la información pública que brinda el Boletín Oficial comenzó en 2019, lo que llevó a su despapelización y por ende a la agilización y a la federalización de la información que se brinda a la sociedad.
En ese marco se trabajó sobre un Digesto Normativo que cuenta con la recopilación de todas las leyes sancionadas en Salta, desde la N° 1, que data de 1855, a la actualidad, con actualización diaria que incluye modificaciones, derogaciones, etc.
Además posee referencias, numérica y temática, para posibilitar una búsqueda más ágil a la ciudadanía. Agregó que solo existen antecedentes en el boletín oficial de la Nación y el de Córdoba.
Restom dijo que para poder activar el digesto se requiere la aprobación del Proyecto de modificación del artículo 5° de la Ley 7913, que cuenta con la aprobación de la Cámara de Diputados y establece que la Dirección General del Boletín Oficial tiene a su cargo ordenar y consolidar las leyes generales provinciales vigentes y sus reglamentaciones y compilar las mismas en un cuerpo ordenado por categorías temáticas y numéricas.
Los legisladores formularon consultas sobre la compatibilidad del Digesto del Boletín Oficial con el Digesto Jurídico sancionado en 2008 y promulgado como Ley N° 7530, indicando la funcionaria que el proyecto declara objeto cumplido a la citada Ley.
También agregó que el proyecto deroga la Ley N° 4337, que establece que a los efectos de su obligatoriedad, según lo dispuesto por el artículo 2º del Código Civil, las leyes, decretos y resoluciones, serán publicados en el Boletín Oficial, dado la necesidad de adaptar la legislación al nuevo Código Civil y Comercial que rige desde el año 2015.
Al término del encuentro los legisladores agradecieron el aporte y comprometieron un análisis más profundo del proyecto antes de emitir el correspondiente dictamen.