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SALTA

Concejo Deliberante

Establecieron la licencia por cuidado de hijos con discapacidad en el ámbito municipal

La ordenanza establece la licencia por cuidado de hijos con discapacidad para los trabajadores de la administración pública municipal. Se fijan además los sujetos alcanzados, los casos en los que se aplican las licencias, entre otros ejes.

Sesión del Concejo
Sesión del Concejo

Durante el tratamiento de la iniciativa, la edil Malvina Gareca indicó que el objetivo es “reconocer y cuidar a quienes cuidan, es decir, a las familias, los padres y las madres que trabajan en el ámbito municipal y tienen algún hijo o hija con discapacidad. Sabemos lo que significa ese esfuerzo adicional”. Asimismo, destacó que el Proyecto “busca otorgar mayores derechos a los trabajadores y las trabajadoras”.

En el articulado acordado en Sesión Ordinaria se consigna que las licencias estarán destinadas a los trabajadores dependientes de la Municipalidad de la ciudad de Salta, Tribunal de Cuentas, Tribunal Administrativo de Faltas, Concejo Deliberante de la ciudad de Salta y organismos descentralizados, autárquicos y sociedades con participación estatal de la Municipalidad. Lo dispuesto se fija sin perjuicio de las disposiciones establecidas en los Convenios Colectivos de Trabajo (CCT) respectivos. Se determina además que los trabajadores alcanzados por la norma son los progenitores biológicos, adoptantes, en guarda para adopción, tutores y curadores. El beneficio es aplicable a los casos en que la discapacidad se manifestare al momento del nacimiento (congénita) o sobreviniere con posterioridad (adquirida).

Se prevé que la licencia se aplica en caso de nacimiento de un hijo/a con discapacidad, haciendo que se extienda cuarenta y cinco días adicionales a la licencia por maternidad o paternidad establecidas en los CCT respectivos. Como a si también en los casos en que la discapacidad se manifieste con posterioridad al nacimiento, podrá otorgarse licencia especial en idénticos términos al previsto.

Se concederá un permiso de inasistencia con goce de haberes de un día al mes a los empleados con hijos con discapacidad a cargo, para la realización de trámites específicos vinculados con la atención los mismos. También se consigna que los empleados que acrediten estar a cargo de hijos con discapacidad gozarán de una reducción de la jornada laboral de una hora, la que podrá efectivizarse al inicio o al final del horario habitual que cumpla cada trabajador. Para el supuesto en que ambos padres sean empleados de los organismos alcanzados el beneficio se otorgará a los dos.

La Autoridad de Aplicación será designada por cada organismo indicado, ante la cual se presentarán las certificaciones correspondientes y se establecerán las formas para acogerse a la licencia y permisos especiales dispuestos en la Ordenanza. Además, se establecerán mecanismos de acompañamiento y asesoramiento con profesionales idóneos para brindar apoyo emocional, información y orientación en gestión de trámites a los trabajadores mencionados.

Del análisis del Proyecto también participaron los concejales Gonzalo Corral, José García (ambos de YP) y Gustavo Farquharson (VPS), quienes manifestaron su apoyo a la propuesta.



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