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SALTA

Concejo Deliberante

Fijan normas urbanísticas para el parque 20 de febrero

Durante la Sesión Ordinaria se sancionó la Ordenanza que incorpora las normas urbanísticas generales que regirán el distrito Entorno Parque EP 20 de Febrero, fijando los requisitos y condiciones generales para los proyectos a localizarse en ese espacio.

Parque 20 de febrero
Parque 20 de febrero

Gastón Galíndez (PJ), miembro informante del Proyecto, detalló al respecto: “lo que se quiere generar es una zona de mayor densificación, estableciendo edificaciones con un máximo de 39 metros de altura, conservando los pulmones de manzana y fijando un mínimo de 6 metros de retiro de fondo, lo que ayudará a la filtración de agua”. Afirmó además que “los proyectos que quieran instalarse en la zona deberán realizar el estudio de impacto ambiental pertinente para obtener la factibilidad del mismo”.

Al tomar la palabra, la concejal Ángela Di Bez (Primero Salta) hizo referencia al proceso de análisis llevado adelante: “es una norma que fue muy estudiada, no sólo por los concejales sino también por las universidades, Colegio de Arquitectos de Salta, COPAIPA y los técnicos del DEM”. En referencia a los vecinos de la zona, sostuvo: “les estamos otorgando seguridad jurídica, para que cada cual sepa lo que puede hacer en sus territorios y tomar posesión de ellos”.

Por su parte, el concejal Ricardo Villada (Primero Salta) se dirigió a los presentes afirmando: “lo que estamos haciendo es clasificar el suelo por una única razón, por la necesidad de viviendas que tiene nuestra ciudad. Lo hacemos según las condiciones que están establecidas en el Plan Integral de Desarrollo Urbano Ambiental (PIDUA), donde se fija esta clasificación y las etapas de densificaciones proyectadas. Existe al respecto un estudio completo sobre el crecimiento poblacional”.

Los concejales Romina Arroyo (SD), Alberto Castillo, Virginia Cornejo y Andrés Suriani (todos del PRO), manifestaron su acompañamiento, señalando que la misma es una propuesta superadora para la zona.

La concejal Socorro Villamayor (Por Salta), por su parte, adelantó su voto negativo argumentado: “me parece delicada la posibilidad de poner indicadores en un lugar donde se emplaza un ícono como el Monumento 20 de Febrero, sin tener en cuenta el contexto o las áreas que lo circundan”. Puntualizó además: “en la zona existe un helipuerto y no sabemos cómo se realizará el ingreso con este cambio. Otra de las cuestiones a abordar son las redes cloacales y de agua”.

En representación del bloque del PO, Cristina Foffani manifestó: “esta normativa va a modificar las condiciones de vida de la población en un lugar en donde residen 200 personas y que en el futuro pueden vivir 4000, creemos que no hay una planificación en relación a los servicios de cloacas y agua”. Los concejales José Britos y Mirta Hauchana (ambos del PO) tomaron también la palabra para adelantar su voto negativo.

El articulado de la iniciativa establece que los proyectos a localizarse en el distrito EP 20 de Febrero deberán cumplir con la normativa vigente en materia de estudios de impacto ambiental y social, conforme a lo establecido. Así mismo, toda nueva instalación eléctrica, de telefonía, televisión por cable, fibra óptica o similar que se requiera instalar en las calles del distrito EP 20 de Febrero, deberán ejecutarse en forma subterránea.

En relación a los requisitos y condiciones generales para la edificación, se fija que deberá coincidir con la Línea Municipal, no exigiéndose retiro de jardín a fin de generar una mayor amplitud visual. Teniendo en cuenta la escala del parque urbano y la vereda como expansión de actividades comerciales, se plantea el ensanchamiento de la misma a 5,00 metros, avanzando sobre la calzada. Se propone además una tipología de edificios con basamento, materializando la línea municipal a través de elementos virtuales, logrando una planta baja permeable que favorezca el uso comercial y/o servicios. La altura máxima de edificación es de 39 metros, la cual contará con un remate y deberá inscribirse dentro del triángulo definido por un ángulo de 45º. Dentro del cual se deberán ubicar todos los locales de instalaciones de servicio.



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