En el desarrollo de la Sesión Ordinaria el cuerpo de ediles sancionó una Ordenanza que incorpora modificaciones en el inciso i) del artículo 23 de la Ordenanza N° 13.777, norma que regula la colocación de anuncios publicitarios públicos o privados y de publicidad electoral o política. La redacción, elaborada por el concejal Jorge López Mirau (SPS), fija en diez días corridos posteriores al acto eleccionario como nuevo plazo para el retiro o borrado de los anuncios de publicidad electoral o política por parte de los partidos responsables en cada caso.
Con los cambios acordados, la redacción del mencionado inciso quedará de la siguiente manera: "Los anuncios de publicidad electoral o política deberán ser retirados o borrados por el partido responsable en cada caso, en un plazo no mayor de diez (10) días corridos posteriores al acto eleccionario".
Durante el tratamiento del Proyecto, el concejal José García (SPS) recordó que “la redacción original de la norma preveía un plazo de 30 días máximos, para el retiro de la publicidad”. Finalmente sostuvo: “Esto es responsabilidad de los partidos políticos y de los candidatos”.