La Acordada 12124 establece que las oficinas dependerán de la Corte, que determinará su número y asiento para funcionar en todos los distritos judiciales de la provincia.
Además, dictará las normas prácticas necesarias para reglamentar su funcionamiento.
Las funciones de las Oficinas de Violencia Familiar y de Género serán recibir directamente y por remisión las denuncias por hechos de violencia familiar y de género; informar a las personas que allí concurran acerca de cuáles son los cursos de acción posibles, según el conflicto que manifiesten atravesar y efectuar en cada caso las derivaciones pertinentes; elaborar el informe de riesgo en aquellas denuncias que reciban directamente, así como aquellos otros que pudiera requerirles el juez competente.