A partir de las denuncias que tomaron estado público, sobre supuestas quemas ilegales de cañaverales en el departamento Orán, la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia inició las actuaciones sumariales a los fines de determinar la existencia de infracción administrativa ambiental en el marco de las Leyes Nº26.331 de Bosques, Nº26.815 de Manejo de Fuego y Nº7543 de OTBN.
“Tomamos conocimiento sobre una quema de cañas cercana a la ciudad de Orán, personalmente he dado la orden de que se inicie el sumario administrativo y aplicar las sanciones que corresponda”, sostuvo el secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Alejandro Aldazabal.
Al respecto, la directora de Fiscalización y Control del organismo, Silvina Borelli explicó que no existe denuncia al respecto y que la Secretaría actuó de oficio: “La Ley 7.543 que se refiere a los bosques, prevé una sanción económica, clausura, inhabilitaciones. La multa va desde los 100 litros a 200 mil litros de nafta de mayor octanaje, pudiendo agravarse diez veces este valor teniendo en cuenta las circunstancias en las que se produjo el incendio y la Ley de Manejo de Fuego establece, además, la obligación de restaurar o recomponer el ambiente”
Aldazabal informó que además de las actuaciones administrativas, la Secretaría de Ambiente gestionó la provisión de 30.000 litros de agua potable para los brigadistas, coordina la entrega de equipos de protección personal para combate inicial del fuego a guardaparques de las Áreas Protegidas Pintascayo, Acambuco y Los Palmares y diez más para brigadistas que se encuentran trabajando en los focos ígneos activos en el departamento Orán.
Se gestionó la contratación de dos topadoras para apoyo de los brigadistas y aperturas de cortafuegos, la donación de motosierras, provenientes de secuestros y decomisos del organismo ambiental, a la Subsecretaría de Defensa Civil y el transporte de los brigadistas desde Colonia Santa Rosa hacia los lugares de afectados.
Vale resaltar que rige a nivel Nacional Emergencia Ígnea declarada por Decreto Nacional N° 06/2022 y en ese marco se suspendieron oportunamente, todas las autorizaciones para efectuar actividades de quema en el marco del Art. 16 de la Ley 7543 y su reglamentario, Art. 17 del Dto. 2785/2009.