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SALTA

Finalmente se trata en Diputados

Proponen disponer puestos de hidratación para la provisión de agua potable en todo evento de masiva concurrencia

La iniciativa propone disponer puestos de hidratación para la provisión de agua potable en todo evento de masiva concurrencia de personas y en recitales de música que se realicen en locales bailables, confiterías, bares, discotecas, salas, clubes y otras localizaciones cerradas o al aire libre.

Puestos de hidratación
Puestos de hidratación

En las últimas décadas, las fiestas y eventos de masiva concurrencia de personas atraídas por la música, han ido en palmario aumento.

Pero en muchas oportunidades, se vincula este tipo de eventos con el uso social o consumo de alcohol y otras sustancias, lo que trae aparejada la necesidad de arbitrar diversas acciones para reducir riesgos. Esta realidad nos convocó a proponer un proyecto de Ley que establezca la obligación de provisión de agua potable en contextos de concentración de personas expuestas al consumo y desgaste de energía, durante varias horas. Teniendo en cuenta que la deshidratación suele producirse debido a las altas temperaturas de los lugares concurridos y al alto gasto de calorías, asegurar el acceso gratuito al agua evitará posibles consecuencias perjudiciales para la salud de los jóvenes que participan de tales medios recreativos.

En este sentido, la obligación de instalar puestos de hidratación es una herramienta válida que se orienta a reducir consecuencias negativas frente a ciertos comportamientos humanos. Es evidente que tanto el Estado provincial como los Municipios deben atender al cuidado y la prevención en materia de salud, por lo que los gobiernos locales deben dictar su normativa garantizando este presupuesto mínimo para la realización de eventos.
 

En las últimas décadas, las fiestas y eventos de masiva concurrencia de personas atraídas por la música, han ido en palmario aumento. Pero en muchas oportunidades, se vincula este tipo de eventos con el uso social o consumo de alcohol y otras sustancias, lo que trae aparejada la necesidad de arbitrar diversas acciones para reducir riesgos. Esta realidad nos convocó a proponer un proyecto de Ley que establezca la obligación de provisión de agua potable en contextos de concentración de personas expuestas al consumo y desgaste de energía, durante varias horas. Teniendo en cuenta que la deshidratación suele producirse debido a las altas temperaturas de los lugares concurridos y al alto gasto de calorías, asegurar el acceso gratuito al agua evitará posibles consecuencias perjudiciales para la salud de los jóvenes que participan de tales medios recreativos. En este sentido, la obligación de instalar puestos de hidratación es una herramienta válida que se orienta a reducir consecuencias negativas frente a ciertos comportamientos humanos. Es evidente que tanto el Estado provincial como los Municipios deben atender al cuidado y la prevención en materia de salud, por lo que los gobiernos locales deben dictar su normativa garantizando este presupuesto mínimo para la realización de eventos.

La iniciativa cuenta con dictámenes de las Comisiones de Salud; y de Hacienda y Presupuesto; y sin dictamen de la Comisión de Legislación General.



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