El autor de la iniciativa, el edil Andrés Suriani (PRO), destacó durante su tratamiento: “nace del consenso con distintas organizaciones y es un pequeño aporte para la inclusión”. Puso de relieve además que el costo de la impresión no es oneroso y que ya existen varios locales de la ciudad brindan el servicio.
El articulado establece que estarán comprendidos en el requerimiento restaurantes, confiterías, resto-bares, heladerías, casas de comidas, afines y todo comercio, que como actividad principal, paralela o accesoria suministre servicios gastronómicos.
Las cartas de menú en sistema Braille deberán contener la misma información suministrada en las cartas habituales, con precios actualizados, nombre de los platos, descripción, bebidas, postres, cafetería y toda otra variedad que ofrezca el comercio. Debiendo además tener, como mínimo, dos unidades de estas cartas.
El plazo de los comercios para el cumplimiento de lo dispuesto será de 180 días corridos, contados desde la vigencia de la Ordenanza. El incumplimiento luego de esa fecha generará una multa de 100 U.T. (Unidad Tributaria) la primera vez; de 200 U.T. la segunda; de 300 U.T. la tercera vez y, en caso de reincidencia, se dará lugar a la clausura del comercio por el término de cinco días.