Esto con la finalidad de dar a conocer y debatir ante el electorado las propuestas relativas a su plan de gobierno. El texto también establece la metodología para su puesta en marcha, la creación de una Comisión de Redacción de Reglamento de Debate y los contenidos mínimos que deberá contemplar, entre otros aspectos.
Durante el tratamiento, la legisladora Orozco sostuvo que la iniciativa “es una herramienta que contribuye a la democracia y a la calidad institucional”. Agregó además que su puesta en marcha garantizará a los candidatos un plano de igualdad para que “puedan exponer sus ideas, sus contenidos, sus conocimientos de la ciudad y que planteen su plan de gobierno”. Referenciando además que su aplicación permitirá a la ciudadanía “votar informadamente”.
En el texto también se fija que la obligatoriedad aplica a todos los candidatos que se postulen para ejercer como Intendente de la ciudad de Salta cuyos partidos, frentes o agrupaciones políticas superen el piso de votos establecido para las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias reguladas por la Ley N° 7697 y en caso que éstas se encuentren suspendidas por ley, todos los candidatos proclamados por la justicia electoral provincial.
Se prevé en la redacción que en los supuestos que un candidato no cumpla con la obligatoriedad fijada, el espacio físico que le fuera asignado permanecerá vacío, a fin de denotar su ausencia.
En relación a la Autoridad de Aplicación se consigna que será el Concejo Deliberante de la ciudad de Salta. Entidad que tendrá la facultad de reglamentar los aspectos complementarios inherentes a la realización del debate. Contando con el asesoramiento de las organizaciones del ámbito académico y de la sociedad civil, comprometidas con la promoción de los valores democráticos y calidad institucional. A estos fines el texto dispone crear la Comisión de Redacción del Reglamento del Debate Público, la que estará integrada por los miembros de la comisión de Labor Parlamentaria del Concejo Deliberante.
Por otro lado, la redacción busca garantizar los requisitos mínimos que deberá incorporar el Reglamento del Debate Público. En este punto se determina el período para su formalización; que el espacio físico para su desarrollo no sea partidario y tenga capacidad suficiente; promover la participación de medios de comunicación masivos; reglas que garanticen el trato igualitario entre los candidatos y el derecho a réplica; implementar un sorteo público a los fines de determinar el orden de exposición; promover la exposición de los ejes temáticos prioritarios para la ciudad: seguridad, salud, educación, obras, cultura, medio ambiente, calidad institucional y transparencia en la gestión; pudiendo añadirse otros ejes que se consideren necesarios u oportunos; y procurar que la Autoridad de Aplicación disponga la grabación del debate y su publicación en la página web del Concejo Deliberante de la ciudad de Salta.
Otras de las disposiciones que se consigan es que el debate será transmitido en directo a través de internet, por los canales oficiales que habilite a tal efecto la Autoridad de Aplicación, la que será puesta a disposición de todos los medios de comunicación que opten por transmitir de manera simultánea y gratuita. La transmisión deberá contar con mecanismos de accesibilidad tales como lengua de señas, subtitulado, establecidos en la Ordenanza N° 15.787 o los que pudieran implementarse en el futuro.
Del análisis también participaron los concejales Pablo López (PRO) y Carolina Am (PS). El primero expuso que la norma es “enriquecedora para la ciudad, porque esto genera que los candidatos discutan proyectos serios de la ciudad”. Mientras que Am sostuvo que su sanción "viene a fortalecer la democracia. Va a ser un espacio equitativo para todos y permitirá conocer a minorías que no son tan conocidas, pero sobre todo las visiones que tienen los candidatos sobre la ciudad".